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Con disidencia.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre tributación de plantaciones forestales.

La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

13 de julio de 2015

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 5º transitorio de la Ley Nº 19.561, que modifica el Decreto Ley Nº 701 de 1974, sobre Fomento Forestal.

El precepto impugnado dispone que: “Las plantaciones efectuadas con anterioridad a esta ley y las rentas provenientes de las mismas, continuarán con el régimen tributario que les era aplicable a esa fecha, por lo que no les afectará la derogación de la franquicia tributaria del inciso segundo y siguientes del artículo 14 del decreto ley Nº 701, de 1974”.

La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Romero, en lo relativo a la negativa de acceder a la suspensión del procedimiento, quien estuvo por concederla.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2854-15.

 

 

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