Control obligatorio.
TC deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de proyecto que modifica normas de libre competencia.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia (Boletín N° 9950-03), con el objeto que se ejerza el control de constitucionalidad obligatorio.
Cabe recordar que la iniciativa tuvo su origen mediante mensaje y tiene por objeto introducir una serie de reformas al DL 211 en torno a la colusión, elevando las multas, prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración del Estado; fortaleciendo la delación compensada, inclusión de la hipótesis de los “carteles duros”, criminalización de la colusión, control preventivo y obligatorio de fusiones u operaciones de concentración, presencia de herramientas de aplicación y sanciones adecuadas para garantizar la eficacia del régimen de control de operaciones de concentración, aplicación de las acciones y el procedimiento especial para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores, consagradas en la ley Nº 19.496 que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para reclamar indemnizaciones de perjuicios con motivo de infracciones a la libre competencia, sanciones para quienes entorpezcan las investigaciones de la Fiscalía Nacional Económica, así como también cambios al estatuto por el cual se rigen los ministros del TDLC, entre otras modificaciones.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.
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