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Incremento de 20%.

CGR se pronuncia sobre consulta relativa al cálculo de dieta de presidente accidental de Consejo Regional.

La CGR concluye sosteniendo que el incremento del 20% también resulta aplicable a la dieta que tiene derecho a percibir el interesado.

12 de mayo de 2017

Se consultó a la Contraloría General de la República –por parte del Gobierno Regional de Arica y Parinacota- por la forma de cálculo del incremento a que tiene derecho Ernesto Lee Vásquez durante el período en el cual ejerció la presidencia del respectivo consejo regional (CORE), ante la renuncia de quien ejercía ese cargo en calidad de titular, agregando que a aquel consejero le corresponde percibir las dietas por su asistencia a las tres sesiones plenarias y a las sesiones de comisión, aumentadas en un 20%, suplemento este último que no se aplica a la dieta adicional.

Al respecto, el ente de control hace presente que consta de los antecedentes, que el señor Lee ejerció la presidencia del CORE durante las sesiones ordinarias N°s. 10, 11 y 12, aunque en la primera y en la última, compartió dicha función con otros dos personeros.

Asimismo, recordó que, a fin de definir la dieta que le corresponde percibir al consejero por el cual se consultó, debe verificarse que aquel haya estado presente durante todo el desarrollo de las sesiones de que se trata, tal como lo ha concluído en su dictamen N° 35.589 de 2016, entre otros.

Enseguida, la Contraloría señala que, considerando que el señor Lee ejerció la presidencia del CORE y estuvo durante las tres sesiones antes indicadas, tiene derecho a recibir la dieta correspondiente, esto es, la suma que perciben los consejeros regionales incrementada en un 20%. Sin perjuicio de lo anterior, aclara que en aquellas asambleas en que ofició como presidente en forma conjunta con otros consejeros, corresponde pagar a cada uno el equivalente a la mitad de la dieta antes indicada (aplica dictamen N° 36.589 de 2016).

En cuanto a la dieta que le corresponde a ese consejero por su asistencia a las comisiones de trabajo, el órgano contralor recordó que la historia fidedigna de la ley da cuenta que aquella dieta tuvo por fin incrementar “en un 100% las dietas correspondientes a la asistencia a sesiones del consejo y en igual porcentaje las sesiones de comisiones de trabajo, con montos de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en el primer caso, y un máximo de 12 UTM en el segundo. Así, indica que en el caso del Presidente del Consejo, sus dietas totales se incrementan adicionalmente en un 20%” (Segundo Trámite Constitucional en el Senado, p. 13).

De ese modo, la CGR concluye sosteniendo que el incremento del 20% también resulta aplicable a la dieta que tiene derecho a percibir el señor Lee por su asistencia a las sesiones de comisión mientras ejerció como presidente del consejo regional. No obstante, advierte que este incremento no se extiende a la dieta adicional, pues esta constituye un incentivo pecuniario que se otorga a cada consejero por su asistencia a un porcentaje mínimo de sesiones dentro de un determinado período de tiempo, con independencia de la calidad en la que concurren a las mismas.

 

 

Vea texto íntegro del dictamen N° 16.101 de 2017.

 

 

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