Por unanimidad.
CS confirma multas aplicadas por Superintendencia de Casinos descartando prescripción.
Se confirmaron las dos multas por un monto total de 390 UTM (unidades tributarias mensuales).

La Corte Suprema confirmó las dos multas por un monto total de 390 UTM (unidades tributarias mensuales) aplicadas por la Superintendencia de Casinos a la sociedad Casinos de Juegos de Temuco.
En su sentencia, expone el máximo Tribunal que esta cuestión cabe considerar que en el ámbito de que se trata no corresponde aplicar la prescripción de seis meses que, respecto de las faltas, contempla el artículo 94 del Código Penal. En efecto, la sola circunstancia de que la infracción conlleve una sanción pecuniaria no transforma ese ilícito en una falta penal o que deba reputarse como tal, toda vez que esta sanción es, según el artículo 21 del Código Penal, una pena común para los crímenes, simples delitos y también para las faltas", establece el fallo.
Enseguida, se expone que aceptar la prescripción de seis meses para la aplicación de la sanción administrativa atenta contra la debida relación y armonía que debe guardar la legislación, ya que no resulta coherente que la acción disciplinaria por responsabilidad administrativa de los funcionarios públicos prescriba en cuatro años, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 158 del Estatuto Administrativo y 154 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y, en cambio, tratándose de la acción sancionatoria dirigida contra particulares, prescriba en el plazo de seis meses.
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