Segundo sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que regula recurso de apelación respecto de decisiones de la Comisión Nacional de Acreditación.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección, de que conoce la Corte de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la frase “en conformidad con lo establecido en los dos artículos precedentes”, contenida en el inciso primero del artículo 23 de la Ley Nº 20.129.
La disposición impugnada establece: “La institución de educación superior afectada por las decisiones que la Comisión adopte en conformidad con lo establecido en los dos artículos precedentes, podrá apelar ante el Consejo Nacional de Educación, dentro del plazo de quince días hábiles, salvo que se trate de una institución que se encuentre en supervisión por el mismo. Lo anterior, no obstará a la interposición del correspondiente reclamo ante la misma Comisión”.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección, de que conoce la Corte de Santiago, en que el Instituto Profesional Virginio Gómez, requirente, pretende dejar sin efecto la resolución del Consejo Nacional de Educación que declaró inadmisible la apelación contra la decisión de no acoger un recurso de reposición contra la resolución que lo acreditó por 3 años.
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Segunda sala.
Nuevamente impugnan ante el TC normas que restringen recurso de apelación en juicios de arrendamiento.

Con prevención y voto en contra.
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma sobre tierras indígenas que vulneraría libertad para adquirir bienes.

No se alcanzó el quórum necesario para acogerlo.
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe apelación contra auto de apertura del juicio oral que incidiría en juicio por amenazas y lesiones.

