Con prevención y voto en contra.
CS confirma sentencia que acogió protección contra Servicio de Vivienda y Urbanización Región de la Araucanía por la terminación anticipada de «contrata» de funcionario.
La decisión fue adoptada con la prevención del Ministro Muñoz y el voto en contra de la Ministra Sandoval y del Abogado integrante Pallavicini.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Temuco que acogió la acción de protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de la Araucanía por el despido de una trabajadora social que se desempeñaba a contrata, que se había prorrogado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.
En su sentencia, la Corte de Temuco señaló en su oportunidad que el acto recurrido, que funda el despido, es ilegal, porque contraviene lo dispuesto en los artículos 11, 16 y 41 de la ley N° 19.880, al carecer de razonabilidad y fundamentos suficientes, en cuanto a explicitar por qué los servicios de la recurrente ya no son necesarios y se pone término con antelación a la fecha de la resolución de la prórroga en su cargo, no bastando la expresión «por no ser necesarios sus servicios», ya que para evitar cualquier viso de arbitrariedad que pudiera subyacer en la adopción de la decisión y resolución censurada, se la debió fundamentar suficientemente.
Así, la Corte concluyó acogiendo el recurso deducido, ordenando la reincorporación de la funcionaria y el pago de las remuneraciones correspondientes.
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