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San José de Maipo.

CGR determina que no procede que municipio prohíba la alimentación y cuidado básico de animales.

El legislador no solo ha permitido que los vecinos puedan cuidar a los animales abandonados o perdidos, sin que por ello se establezca una sanción, sino que además ha prohibido y penalizado su abandono.

9 de agosto de 2019

Se dirigió a la Contraloría General de la República, un particular solicitando un pronunciamiento respecto de la legalidad del artículo 20 de la “Ordenanza Municipal sobre Tenencia Responsable de Animales en la comuna de San José de Maipo”, la cual prohíbe la alimentación, provisión de aguas e instalación de casuchas para animales en la vía pública, lo que, a su entender, significaría un maltrato animal y contravendría lo establecido en el artículo 7° de la ley N° 21.020, “Sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía”.

Requerida al efecto, la Municipalidad de San José de Maipo informó, en síntesis, que la adecuación de la ordenanza en comento se hizo respetando las leyes N°s. 18.695 y 21.020. Hace presente, que la disposición a que se refiere el recurrente no constituye un método de sacrificio animal, sino que un sistema para desincentivar la reproducción indiscriminada de animales.

Al respecto, el ente contralor indicó que, sobre el particular, cabe anotar que de acuerdo con el artículo 12 de la referida ley N° 18.695, los municipios cuentan con la facultad para dictar ordenanzas que fijen normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad, en el ámbito local y respecto de materias que se encuentran en la esfera de sus atribuciones. Ahora bien, de conformidad con el artículo 7° de la citada ley N° 21.020 “Las municipalidades deberán dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía en el territorio comunal, la que deberá ajustarse a la normativa legal que regula la materia y al reglamento mencionado en el artículo 4°, estableciendo como contenidos mínimos los determinados en el artículo 5° de esta ley”.

En efecto, la Contraloría expresó que el legislador reguló expresamente en la ley N° 21.020 la situación de los animales que se encuentren abandonados o perdidos y, en particular, la de los perros y gatos, permitiéndose respecto de los primeros, que aun careciendo de dueño puedan ser alimentados y cuidados por la comunidad, sin establecer como prohibida la anotada conducta por parte de los vecinos; y respecto de los segundos, la posibilidad de monitorearlos por la entidad edilicia, sin que se impida la provisión de cuidados por parte de la población. En este contexto, es menester recordar que el artículo 12 de la mencionada ley N° 21.020 prohíbe el abandono de animales, estableciendo en su inciso primero que este “será considerado maltrato y crueldad animal y será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 291 bis del Código Penal”. Luego, Contraloría agrega que de lo anterior se sigue que el legislador no solo ha permitido que los vecinos puedan cuidar a los animales abandonados o perdidos, sin que por ello se establezca una sanción, sino que además ha prohibido y penalizado su abandono.

Finalmente, el órgano contralor expone que, por consiguiente, dado que el texto normativo comunal sanciona una conducta permitida por el legislador, al evitar otorgar cuidados básicos a los animales que se encuentren en las condiciones que indica, es del caso concluir que el citado artículo 20 no se ajusta a derecho, por lo que la Municipalidad de San José de Maipo deberá modificarlo, dando cuenta de ello a la II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago dentro del plazo de 60 días hábiles contado desde la recepción del presente dictamen.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 20.435-19.

 

 

 

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* Cámara de Diputados solicita registro de condenados por infracciones a tenencia responsable de mascotas y por maltrato animal…

 

 

 

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  1. ¿Serâ que esta gente es la que se cree que por el hecho de haber nacido se creen que le han hecho un favor al mundo?. ¿De cuândo acâ te dijeron que el frontis de tu casa te pertenece? ¿Te crees tû que eres la ûnica que tiene derecho a habitar este planeta? Pobrecita, en desmedro de ella dice, por querer darle proteciôn a los animales. Con razôn por gente como esta es que los animales necesitan protecciôn, protegerlos de esta clase de gente. Para esta gente la Ley Cholito debiera de encargarse de dictaminar leyes y normas cosa de mantener a los animales enjaulados y si se les saca a pasear, llevar un aerosol para no ensuciar el aire por el que caminan estas desvergonzadas. En mi barrio, no hubo necesidad de llevar en el bolsillo una pistola, solo bastô poner un cartelito en la multicancha sobre la casa que le fabriquê al perro callejero con el dictamente de la Contralorîa General de la Repûblica para que todos los habladores, (as), cerraran la boca

  2. Vergonzosa esta “Ley Cholito de Tenencia Responsable” que si bien tiene algunos aciertos, está redactada de manera tremendamente simplista, legitimando finalmente todo lo contrario mediante la figura vaga y arbitraria del “perro comunitario” que es por definición tenencia irresponsable. Para un perro callejero o “comunitario” ¿quién se hace responsable si este requiere costosa atención veterinaria o si ataca a alguien? Por otro lado, con esta ley: ¿qué hay del derecho constitucional a la protección de la salud y a la integridad física y psíquica? ¿Y del derecho de transitar libremente por el espacio público sin tener que correr peligro de ser atacado por un animal suelto que es por naturaleza territorial, agresivo y dominante? ¿Y del derecho a un medio ambiente libre de contaminación? es decir, en particular libre de fecas y orina de un animal que en realidad, nadie reconoce. Y el problema se pondrá peor, porque con la figura del “perro comunitario” los animales vagos se multiplicarán aún más rápidamente, y con ello el millonario costo económico y humano de tener que brindar atención de salud a las miles de personas que anualmente son atacadas por perros, en su mayoría callejeros. Y dado que esta ley prohibe tajantemente la eutanasia para el control de población y del hacinamiento de estos animales en caniles (a diferencia de su aplicación regular en Europa y Norteamérica), el costo de mantenimiento de estos animales será un costo fijo millonario si es que siquiera existen los recursos para ello. Y los puntos anteriores son sin siquiera referirse a la amenaza medioambiental que los perros salvajes suponen en las zonas rurales, donde documentadamente atacan a animales nativos y ganado. Esta ley es una sincera muestra de nuestra cultura tercermundista irrestrictamente “pro-perro” que injustificadamente omite los problemas de salud y seguridad pública que significan los perros callejeros para las personas, y la necesidad de políticas públicas concretas que se dirijan a solucionar estos problemas.

  3. Somos seres vivos que debemos compartir no existe el desmedro hacia las personas sí hacia los animales, por eso existimos personas que velamos por que tengan una vida digna, algún día tuvieron hogar y los deshecharon cómo basura sin ninguna responsabilidad, ellos no tienen la culpa, los tomaron cómo juguete lindo les molesto lo botan, los vivos todos nacemos, comemos,morimos y nos comen los gusanos el humano no es superior , lo que prima es el derecho de la vida digna

  4. La Contraloría, no se si le gustaría que fuera su vereda o estacionamiento un comedor de comida de gatos, perros y sobre su techo cuando estén trabajando sus empleados , docenas de gatos chillando ; pariendo en los estacionamientos y en su patio. Con la fetidez de la orina y excrementos en los patios en sus alfombras y pisos.Porque si usted da comida en la calle, ese es su comedor , pero su casa de habitación es la que está al frente de su comedor.
    Los gatos se reproducen más que cualquier animal. Parece que quien dictó este dictamen , vive en un mundo de Bilz y pap, lo que menos sabe es de gatos, su comportamiento no es de dulces palomas .
    Y como la Contraloría General de La República Institución Autónoma, que tiene la potestad de ejercer el control de legalidad de los actos administrativos; hay que acatar su descabellado dictamen, que seguro fue redactado por persona que vio el interés superior de los gatos y perros en desmedro de las personas, simplemente argumentando someramente que no se ajusta a derecho.
    No sé de qué derecho , el de las personas o el de los animales, cual prima ?

    1. Somos seres vivos que debemos compartir no existe el desmedro hacia las personas sí hacia los animales, por eso existimos personas que velamos por que tengan una vida digna, algún día tuvieron hogar y los deshecharon cómo basura sin ninguna responsabilidad, ellos no tienen la culpa, los tomaron cómo juguete lindo les molesto lo botan, los vivos todos nacemos, comemos,morimos y nos comen los gusanos el humano no es superior , lo que prima es el derecho de la vida digna

    2. MARGARITA
      QUE FALTA DE EMPATIA TE FALTA MUJER
      A VER… SIGUE MOSTRANDO TUS TRAUMAS DE PEQUEÑA
      TE PODEMOS AYUDAR.
      ESPERO QUE TU VIDA SEA MEJOR QUE TUS PENSAMIENTOS

      1. Ayyy Dios Santo, les recuerdo a Antonia y Margarita, que ustedes han ocupado el lugar que primero tenian los animales,,,en cuanto a salud son ustedes las que transmiten enfermedades hacia los demás seres humanos y es el ser humano quien más basura e infecciones dejan en su paso por este mundo,,, nadie pondrá una casa para perros o gatos en su frontis, no dice eso la normativa, tampoco dice que ustedes par de insensibles no quieren dar refugio, alimentación ni cuidados a animales callejeros a la ley o normativa no le interesa, pero si alguna de ustedes maltrata a un animalito callejero, se les viene la normativa con todo, pues los que velamos por ellos asi haremos que ocurra,,, nadie les ha pedido un centavo para veterinaria, comida o refugio, SOLO MANTENGANSE ALEJADAS DE MALTRATAR,,, gente como ustedes lo mismo les da el sufrimiento de un animal, de un niño o anciano indefenso,,,porque son tan pero tan EGOISTAS que pasan mirandose el ombligo todo el día y pretendiendo ser florero de mesa del cual otros debieran estar pendiente de ustedes,,,, hablan de costos como si les pidieran algo,,,hablan de infestaciones y estoy segura que en su vida mas de una vez anduvieron llenas de piojos o pulgas, hablan de salud pero seguro cuando andan con diarrea (infección) no están ni ahí con contagiar de su bacteria a otros, que ignorancia pues son ustedes las que propagan más virus y bacterias que los animales, con esta ley también los municipios ocupan parte de su presupuesto en veterinaria tanto para tratamientos como para esterilizaciones,, señoras dejen de escribir estupideces producto de su narcisismo e ignorancia