Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que acogió protección en contra de vecinos por actos de hostigamiento que impedían funcionamiento de restaurant
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 4 y 24 de la Constitución.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que acogió protección en contra de vecinos por actos de hostigamiento que impedían el normal funcionamiento de un restaurant de propiedad de los recurrentes.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de vecinos por la realización de actos de hostigamiento que impedían el normal funcionamiento del restaurant de propiedad de los recurrentes. Ellos estimaron vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 4 y 24 de la Constitución.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó en su oportunidad que, se concluyó que la actuación recurrida resultó arbitraria, afectando claramente el funcionamiento del restaurant de los actores, estando comprometida en consecuencia las garantías fundamentales del artículo 19 de la Constitución Política de la República y que invocan los recurrentes de protección; y atendido lo cual, se acogió el recurso de protección.
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