Con dos votos en contra.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por 448 Profesores de Educación Diferencial contra Contralor General de la República por dictación de oficio.
La sentencia fue acordada con el voto en contra de los Abogados Integrantes Jorge Lagos y Diego Munita, quienes estuvieron por confirmar la resolución apelada en virtud de sus propios fundamentos.

Con dos votos en contra, la Corte Suprema revocó la sentencia que declaró inadmisible recurso de protección deducido por 448 Profesores de Educación Diferencial en contra del Contralor General de la República por la dictación del Oficio N° 1255, de fecha de 30 de enero del año 2020, que señaló que los educadores diferenciales tienen derecho a percibir un bono de reconocimiento profesional, sólo por concepto de título, no procediendo, por sus especializaciones, el pago del complemento por mención del mismo.
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 2 y 24 de la Constitución Política de la República.
La Corte de Santiago indicó en síntesis que, los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formuló a la Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que fue declarado inadmisible.
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