Diario Constitucional

Con dos votos en contra.

CS acogió recurso de unificación de jurisprudencia contra sentencia de Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso que hizo lugar a excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por demandada.

La sentencia de la Corte Suprema acordada con el voto en contra de las ministras Gloria Ana Chevesich y Andrea Muñoz.

Por Redacción·10 de junio de 2020·5 min de lectura
CS acogió recurso de unificación de jurisprudencia contra sentencia de Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso que hizo lugar a excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por demandada.
Referencial

Con dos votos en contra, la Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia tras el rechazado el recurso de nulidad laboral ante la Corte de Valparaíso, deducida por el demandante en contra de la sentencia dictada por Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, que hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, y, en consecuencia, desestimó la demanda de declaración de existencia de la relación laboral, despido injustificado, nulidad de despido y cobro de prestaciones.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso señaló en su sentencia que conforme a lo dispuesto en los artículo 24 y 26 el DFL N° 5 de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y Subsecretaría de Pesca, que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DFL N° 34 de 1931, que legisló sobre la industria pesquera y sus derivados, dicho Servicio, SERNAPESCA, depende del Ministerio citado y su dirección está a cargo del Director Nacional de Pesca, que es el Jefe Superior del Servicio, cargo este último que ocupa y ocupaba al momento de notificarse la demanda y su proveído, la Sra. Gallardo Lagno y se trató, en la especie, de un organismo centralizado, que depende del Ministerio antes señalado, con quien se relaciona a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, el cual, por ende, careció de patrimonio y de personalidad jurídica propia y, en consecuencia, la demanda se encontró mal deducida, ello por cuanto el libelo se intentó en contra de una entidad que no tiene facultad para intervenir en juicio y que no puede ser notificada, ni emplazada en juicio.

La Corte del Valparaíso por su parte rechazó el recurso de nulidad deducido por la parte demandante, señalando en su sentencia que, podrá, quizás, discutirse si SERNAPESCA podía ser o no demandado o si, por carecer de personalidad jurídica y formar parte de la administración centralizada del Estado, debía ser demandado el FISCO, pero ello no tiene ninguna relación con la norma del artículo 4 del Código Laboral. En suma, la cuestión no estribó en determinar quién representa al empleador, sino quién es ese empleador.

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