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Uso de la fuerza.

Supremo Tribunal Federal de Brasil ordenó la suspensión de las operaciones policiales en las comunidades de Río de Janeiro durante la pandemia del coronavirus.

El máximo Tribunal de Brasil adujo que operaciones deben ser autorizadas en casos «absolutamente excepcionales», que deben ser justificados y monitoreados por el fiscal del estado.

11 de junio de 2020

El Supremo Tribunal Federal (STF), ordenó la suspensión de las operaciones policiales en las comunidades de Río de Janeiro durante la pandemia del coronavirus, salvo en casos absolutamente excepcionales.
Respecto a los hechos, consta que las situaciones recientes hacen que las noticias sobre la acción armada del Estado en las comunidades de Río de Janeiro sean aún más preocupantes. En ese sentido, el STF se refirió al caso del niño João Pedro, asesinado a tiros en su casa en una operación conjunta de la Policía Federal y Civil en el Complexo do Salgueiro, en São Gonçalo, Región Metropolitana de Río de Janeiro. En ese caso, un niño de 14 años recibió más de 70 disparos.
Al respecto, el máximo Tribunal brasileño sostuvo que la excepcionalidad de los casos, deberán ser debidamente justificados por escrito por la autoridad competente y comunicados al Ministerio Público del Estado, órgano responsable del control externo de la actividad policial.
A continuación, la sentencia sostuvo que en estos casos se debe procurar no poner en peligro aún más a la población, la prestación de servicios de salud pública y la realización de actividades de ayuda humanitaria.
Finalmente, el alto Tribunal de Brasil manifestó que el uso de la fuerza solo es legítimo si se demuestra que es necesario para la protección de un activo relevante, como la vida y los bienes de otras personas. En este sentido, si los protocolos para el uso de la fuerza ya eran precarios, en una situación de pandemia, con personas que pasan la mayor parte de su tiempo en sus hogares, se vuelven de utilidad cuestionable y de gran riesgo.

 

Vea texto íntegro del comunicado.

 

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