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En fallo unánime.

Corte Suprema confirma condena a empresa de instalación de semáforos por accidente de trabajador

El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó el pago solidario por concepto de daño moral y lucro cesante al trabajador.

14 de junio de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la demanda presentada en contra de la empresa de instalación de semáforos Automática Regulación S.A., y la Municipalidad de Santiago, por trabajador que sufrió un grave accidente prestando servicios en régimen de subcontratación, en octubre de 2015.

La sentencia sostiene que según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que falle el recurso de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que ‘respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia’, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo.

La resolución agrega que asimismo, del tenor de lo señalado en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.

Para la Corte Suprema, el recurso en análisis incumple la obligación impuesta en el inciso segundo del artículo 483-A del Código del Trabajo, por cuanto se limita a transcribir las sentencias de base y de nulidad expresando agravios propios de un recurso de apelación, pero sin indicar con claridad y precisión la materia de derecho respecto de la cual se solicita uniformar la jurisprudencia conforme a los fallos que cita, que no acompañó oportunamente, e invocando, además, peticiones subsidiarias en su desarrollo, incompatibles entre sí.

Concluye que en las condiciones expuestas, y, en especial, dado el carácter especialísimo y excepcional que reviste el mecanismo de impugnación que se intenta, particularidad reconocida expresamente por el citado artículo 483 del Estatuto Laboral, al determinar su procedencia bajo los supuestos estrictos que la disposición que le sigue consagra, se impone la inadmisibilidad del recurso.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 26225-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 3059 – 2018

 

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