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Probidad administrativa.

CGR se pronunció sobre protocolo de difusión del plan «Alimentos para Chile».

El ente contralor adujo que las actividades de entrega de beneficios sociales deben respetar la dignidad e intimidad de los beneficiarios.

18 de septiembre de 2020

Se dirigió a la Contraloría General de la República, el Prosecretario y el Prosecretario accidental de la Cámara de Diputados, quienes han remitido a esta Contraloría General las solicitudes de los Diputados  Gabriel Silber Romo,  Camila Rojas Valderrama, Joanna Pérez Olea, Pablo Vidal Rojas, y en una presentación conjunta, la de los Diputados señora Joanna Pérez Olea y señor Gabriel Ascencio Mansilla, en orden a que esta Entidad de Fiscalización inicie un procedimiento de investigación con el propósito de determinar las eventuales responsabilidades con ocasión del plan gubernamental denominado “Alimentos para Chile”.
Por su parte, los Senadores Guido Girardi Lavín y Alejandro Navarro Brain y la Diputada señora Claudia Mix Jiménez, también efectuaron presentaciones en relación con el referido plan. En el mismo sentido, también recurren a esta Entidad de Control la señora Javiera Cabello Robertson y el señor Rodrigo Daroch Yáñez.
Los recurrentes denuncian la cobertura comunicacional llevada adelante por el Gobierno con ocasión de la entrega de cajas de alimentos en distintos sectores de la población, en el contexto actual de la pandemia por el Coronavirus 2019 (COVID-19) que afecta al país. En síntesis, se señala que el despliegue comunicacional junto a la presencia de autoridades de gobierno, entre ellas, Ministros de Estado y Subsecretarios que concurrieron a la entrega material de las cajas de alimentos, habría tenido como único propósito utilizar políticamente las necesidades de las personas como foco de una campaña de proselitismo, vulnerando el principio de probidad administrativa y las medidas sanitarias vigentes, con infracción del respeto y protección a la vida privada y a la honra de los beneficiarios y sus familias.
Del mismo modo, los recurrentes consultan acerca de la legalidad del documento denominado Protocolo de Difusión “Alimentos para Chile”, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, por cuanto instruye respecto a la forma en que debía hacerse la comunicación visual y en redes sociales de la entrega del beneficio, conteniendo recomendaciones para los funcionarios encargados de llevarla a cabo, para de esta manera asociar dicha ayuda a la persona del Presidente de la República.
Al respecto, el ente contralor adujo que, atendido el rol de conducción política y de colaboración del primer mandatario que asiste a los Ministros de Estado, labores en las que son secundados por los subsecretarios, no se advierten las irregularidades denunciadas, sin perjuicio de que en lo sucesivo los actos de entrega de beneficios sociales deberán ajustarse a lo que se señala a continuación en el presente pronunciamiento. Por otra parte, las imágenes acompañadas a las presentaciones y los registros de televisión dan cuenta de que en ciertas actividades en las que se entregaron las cajas de alimentos no se respetó la imagen e intimidad de los beneficiarios, los que para recibirlas se encontraron frente a un importante número de autoridades, funcionarios, personal de seguridad y medios de prensa.
Enseguida, el órgano fiscalizador expresó que, en consecuencia, los ministerios y servicios que participen en el programa “Alimentos para Chile” o en otros de similar naturaleza, deberán adoptar las medidas para asegurar que la entrega de los beneficios sociales se realice respetando la dignidad y privacidad de los destinatarios, particularmente cuando dicha entrega tenga una alta exposición pública, como ha sucedido en los hechos denunciados.
A continuación, el dictamen explicó que, en segundo término, en lo relativo al protocolo para la difusión del referido plan, emanado del Ministerio Secretaría General de Gobierno, corresponde señalar que el artículo 1º de la ley No 19.032 -que reorganiza dicho Ministerio- encarga a esa Secretaría de Estado actuar como órgano de comunicación del Gobierno, pudiendo, para estos efectos, ejercer la tuición del sistema de comunicaciones gubernamentales. Pues bien, de acuerdo con lo resuelto por el dictamen No 18.868, de 2017, de este origen, del análisis del mencionado protocolo es posible concluir que este documento se elabora en el marco de las funciones asignadas por el legislador a esa Secretaría de Estado.
Finalmente, Contraloría adujo que, en relación con la existencia de una carta firmada por el Presidente de la República que habría sido incluida dentro de las cajas de alimentos -según se consigna en una de las presentaciones-, debe señalarse que dicha misiva deja establecido que es el Gobierno de Chile el que, a través de los alimentos entregados, apoya a las familias que lo requieren con urgencia, lo que va en armonía con la fuente de financiamiento de la ayuda que se proporciona, sin que se advierta irregularidad en ese proceder.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 34.421-20.
 

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