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Corte Suprema
En fallo unánime.

CS declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que acogió demanda por accidente laboral en packing de frutas y ordenó al empleador a pagar $28.500.000 por concepto de daño moral.

El máximo Tribunal estableció que en la especie no procede el recurso especial debido a que la materia que se pretende unificar no es de aquellas habilitantes del arbitrio.

1 de octubre de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que acogió demanda por accidente laboral en packing de frutas y ordenó al empleador a pagar $28.500.000 por concepto de daño moral, a la trabajadora.

La sentencia indica que, conforme se señala en el recurso, la materia de derecho objeto del juicio que se propone unificar consiste en determinar ‘la procedencia del pago por parte del empleador de la indemnización por daño moral cuando el trabajador ha sufrido un accidente del trabajo habiendo adoptado la empresa los resguardos y protecciones necesarias que exige la ley para proteger eficazmente la vida y la salud del trabajador, y habiéndose acreditado que el mismo ocurrió por un descuido y negligencia del propio trabajador‘.

Para el máximo Tribunal, de la sola lectura del libelo entablado, se desprende que el pretendido tema de derecho cuya línea jurisprudencial se procura unificar no constituye un asunto jurídico habilitante de este arbitrio, pues no se solicita una interpretación precisa y determinada respecto de la norma sustantiva objeto del juicio, sino que se dirige contra los razonamientos efectuados por los sentenciadores y las conclusiones a las que arribaron como resultado de su facultad privativa de ponderar la prueba incorporada al proceso, persiguiendo una nueva revisión de los hechos y su recalificación jurídica a fin que se modifique la decisión, cuestión que no sólo es ajena a la finalidad de este recurso de derecho estricto, sino que, además, corresponde a un asunto de eminente carácter casuístico y particular, lo que imposibilita su comparación en lo estrictamente jurídico con otras sentencias.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº42.344-2020 de la Corte Suprema, Corte de Talca y de primera instancia.

 

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