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Imagen: lavozdelnorte.cl
Localidad de Caimanes
Con prevención.

Primer Tribunal Ambiental rechazó reclamación deducida contra resolución con calificación favorable de proyecto de Minera Los Pelambres.

El Tribunal es de la opinión que se dio íntegro cumplimiento por parte del SEA y el titular a la obligación de fomentar y facilitar la participación ciudadana en la evaluación del proyecto, de conformidad a la ley.

8 de octubre de 2020

El Primer Tribunal Ambiental rechazó una reclamación deducida por vecinos de la localidad de Caimanes que buscaba invalidar la Resolución de Reclamación Ambiental (RCA) del proyecto de Infraestructura Complementaria, INCO, de la Empresa Minera Los Pelambres.

Principalmente, los reclamantes alegaban que no fueron involucrados en el proceso de participación ciudadana que exige la evaluación ambiental como requisito para la aprobación del proyecto. Explicaron que si bien, en el marco de la participación ciudadana llevada a cabo por la empresa, se efectuaron diversas actividades, ninguna de ellas incluyó el poblado Caimanes y ningún poblador de Caimanes participó en alguna de las iniciativas que realizó la empresa en Salamanca, Illapel y Los Vilos; por lo tanto, no sería efectivo que la Minera haya sostenido un diálogo abierto y transparente con los reclamantes.

Por su parte, el Tribunal Ambiental con sede en Antofagasta señaló que puedo constatar que el organismo evaluador realizó diversas acciones exigidas por la normativa legal en términos de participación ciudadana, las que incluyeron un proceso de participación temprana iniciado el 2014 con difusión del proyecto y actividades en las comunas de Illapel, Salamanca y Los Vilos que convocaron a personas de las distintas localidades que integran cada comuna, incluyendo a habitantes de Caimanes. En este sentido, la sentencia explica que se cumplieron las normas que regulan el proceso de Participación Ciudadana establecidas por el SEA, en cuanto el proceso fue llevado a cabo en comunas y localidades que forman parte del área de influencia del proyecto, las cuales fueron determinadas en la línea base de medio humano.

En definitiva, el Tribunal es de la opinión que se dio íntegro cumplimiento por parte del SEA y el titular a la obligación de fomentar y facilitar la participación ciudadana en la evaluación del proyecto, de conformidad a la ley, así como módulos que las personas podían ir visitando e informarse del proyecto. Además, se efectuó un puerta a puerta para visitar personas que se localizaban en el trazado de 61 kms de tubería de agua desalinizada que va desde el área industrial del puerto de Minera Los Pelambres hasta el área industrial El Mauro, y cuyo trayecto coincide con los sectores aledaños a la localidad de Caimanes. Igualmente se resalta que al ser la localidad parte integrante de la comuna de Los Vilos, el Tribunal considera que también se dio cumplimiento al criterio formal de horarios y divulgación exigido por el SEA. Ello, toda vez que no es posible realizar actividades en cada una de las 30 localidades dependientes de las tres comunas que conforman el área de influencia del proyecto. Finalmente, enfatizó en que se evidenció la difusión del proyecto previo a su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental, SEIA, en la localidad de Caimanes ya que la empresa realizó instancias previas de acercamiento con la comunidad desde el 2014.

La decisión fue acordada con la prevención del Ministro Hernández, quien concurre al voto del rechazo, no obstante manifestar que la Guía Metodológica del SEA, que regula las actividades con la ciudadanía, entre otros aspectos, que el profesional del organismo debe revisar y analizar la información sobre el área de influencia con especial atención en aquellos lugares donde habitan personas potencialmente afectadas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol R-33-2019.

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