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Corte Suprema
En fallo unánime.

CS rechazó recurso de queja deducido en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que confirmó el sobreseimiento definitivo del fiscal regional al no ser posible establecer que el hecho indagado haya ocurrido y si era o no constitutivo de delito.

El máximo Tribunal descartó infracción en la sentencia impugnada, que confirmó el sobreseimiento por el artículo 250, letra b) del Código Procesal Penal y desestimando la petición de la recurrente de reconducir el sobreseimiento al literal a) de la norma; es decir, que se declarara que los hechos investigados no ocurrieron o, en subsidio, que no eran constitutivos de delito.

30 de noviembre de 2020

La Corte Suprema rechazó el recurso de queja deducido en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que confirmó el sobreseimiento definitivo del fiscal regional, Emiliano Arias Madariaga, al no ser posible establecer que el hecho indagado haya ocurrido y si era o no constitutivo de delito.

La sentencia indica que, como cuestión previa, conviene tener en cuenta que el recurso de queja, en tanto persigue modificar, enmendar o invalidar resoluciones judiciales pronunciadas con falta o abuso, constituye un medio extraordinario destinado a corregir la arbitrariedad judicial, mediante la imposición de medidas disciplinarias a los recurridos ante la existencia de un perjuicio que afecte al recurrente, manifestado en un error grave y notorio de hecho o de derecho.

La resolución agrega que, como evidencia una atenta lectura del recurso intentado, en éste se cuestionan las conclusiones que alcanzan los jueces recurridos, respecto de las cuales, en concepto de la quejosa, carecerían de la motivación o fundamentación suficiente y, con ello, se habría transgredido el derecho al recurso, el cual se encuentra consagrado dentro de la garantía del debido proceso.

Añade que en mérito de lo anterior es que reprocha a los recurridos, no solo una falta a los deberes funcionarios, sino que además denuncia abuso en las facultades que la ley ha conferido a los tribunales, el cual dice relación con la exigencia de un estándar de declaración de sobreseimiento que excede el mandato legal y contrario a la lógica.

Para el máximo tribunal, en tal entendimiento, la decisión de los recurridos, contrastada con las argumentaciones de la quejosa, claramente representa una legítima diferencia en la determinación del estándar y las razones para dictar el sobreseimiento definitivo impugnado, fundado únicamente en el literal b), del 250 del código adjetivo, diferencia interpretativa que no llega a constituir una falta o abuso grave que amerite la interposición de un recurso de la naturaleza de que se trata, según constante jurisprudencia de esta Corte, razón por la cual, el recurso de queja será desestimado.

Por tanto, se resuelve que se rechaza el recurso de queja interpuesto por la abogada en contra de los integrantes de la Corte de Apelaciones de Rancagua por la dictación de la sentencia interlocutoria de veintidós de junio de dos mil veinte, en la causa Rol 697-2020 (Penal), de dicho tribunal de alzada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº76.428-2020

 

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