Noticias

Corte Suprema.
En fallo dividido.

CS desestimó recurso de amparo contra Consulado de Chile en Argentina por denegar un salvoconducto para ingresar a Chile.

El actor no se encuentra en los escenarios que el artículo 21 de la Constitución prevé para el ejercicio de la acción de amparo.

27 de diciembre de 2020

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó un recurso de amparo en contra del Consulado de Chile en Neuquén, Argentina, y de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, por denegar salvoconducto a un ciudadano venezolano que deseaba ingresar a Chile desde Argentina.

El conflicto surge luego que un ciudadano venezolano emigrara de su país para someterse a un tratamiento médico y reunirse con toda su familia en Chile. Su plan era ingresar al país desde Argentina, pero debido al cierre de fronteras producto de la pandemia se tuvo que radicar en Argentina hasta la apertura de la frontera. El amparado solicitó una visa de responsabilidad democrática al Consulado de Chile en Nequén, el cual aceptó su solicitud, pero no estampó su visa ya que no contaba con pasaporte. El amparado solicitó al Consulado posteriormente un salvoconducto para poder ingresar a Chile, el cual fue denegado por no contar con pasaporte ni visa estampada en él.

El actor accionó de amparo, acusando una actuación ilegal por parte del Consulado, al estimar que está facultado a entregar salvoconductos por razones humanitarias a solicitantes venezolanos que no cuenten con pasaporte en virtud al numeral primero de la Resolución Exenta N°3.042 del 9 de agosto de 2019, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, situación que vulnera su derecho de libre tránsito, por lo que solicitó que se ordene al Consulado que emita el salvoconducto solicitado.

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso, para lo cual tuvo presente que el actor no se encuentra en los casos que el artículo 21 de la Constitución prevé para el ejercicio de la acción de amparo. Por ello no se vislumbra un acto ilegal o arbitrario por parte de la recurrida, la que actuó dentro de los márgenes del Decreto Ley N°1.094. También señaló que lo solicitado por el amparado constituiría una grave intromisión del Poder Judicial en las atribuciones de la Administración.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo de primer grado.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Haroldo Brito y Jorge Dahm, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada, pues en su opinión la resolución de la recurrida que no dio a lugar el salvoconducto solicitado no expresó los fundamentos que la motiva, siendo contraria a lo establecido en el artículo 11 de le Ley N°19.880. A su vez, no tomó en cuenta las circunstancias personales en que se encuentra el amparado, quien busca ingresar a Chile para reunirse con su familia, pasando por alto el artículo 1 de la Constitución que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de esta.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°149.264-2020 y Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°2.869-2020.

 

RELACIONADOS

CS desestima recurso de amparo contra PDI por negar entrada al país a una mujer con visado vencido...

CS desestima recurso de amparo contra Departamento de Extranjería por denegar una solicitud de copia de certificados...

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *