Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del CPP que permite solamente al Ministerio Público recurrir auto de apertura, en causa en la que se acusa a persona de abuso sexual.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 277, inciso segundo, del Código Procesal Penal.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia Baker-Cochrane, en los que el requirente es acusado de cometer el delito de abuso sexual, en grado de consumado.
Al efecto, cabe recordar que el requirente estima que los preceptos impugnados infringirían la igualdad ante la ley, toda vez que la imposibilidad de recurrir por parte de la defensa respecto de prueba que se excluya (o incluya la de cargo) constituye una grave desigualdad entre los intervinientes del proceso penal, más aún si se considera que nos referimos al imputado acusado frente al Ministerio Público y, además atenta en contra de la garantía de un justo y racional procedimiento. Agrega el requirente que, tan relevante es en este caso la desigualdad en que deviene la aplicación de la norma impugnada que deja en mucho mejor posición al Ministerio Publico frente al órgano jurisdiccional que a la defensa, más aún si se considera que en el caso del Ente Persecutor el órgano jurisdiccional actuará sobre la base de la existencia de dos controles uno horizontal y otro de carácter vertical y en el caso de esta defensa solo se aplicaría el primero de ellos.
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