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Corte Suprema
Artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo.

CS confirma fallo que rechazó demanda por despido injustificado de dentista contratada a honorarios contra municipio.

El máximo Tribunal estableció que las sentencias de contraste presentadas por la recurrente no se refieren a la materia que se pretende unificación.

22 de marzo de 2021

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que rechazó la demanda por despido injustificado de cirujana dentista contratada a honorarios por la Municipalidad de San Felipe.

El fallo pronunciado por esta Corte en la causa Rol N°34.530-2017, que se trae a colación como segundo contraste, señaló que “surge como conclusión indiscutible la existencia de una relación de trabajo entre las partes si se atiende a los indicios de laboralidad establecidos en el fallo del grado. En efecto, no de otro modo pueden calificarse la subordinación y dependencia y el cumplimiento de las funciones de apoyo social, la percepción de un estipendio mensual, y el cumplimiento de jornada, circunstancias que echan por tierra las defensas de la demandada en cuanto a que se trató de una vinculación celebrada al amparo del inciso segundo del artículo 4° de la ley N° 18.883, norma que lo permite para cometidos específicos, expresiones que, por lo demás, suponen una transitoriedad o temporalidad lejanas al caso que se ventila en estos antecedentes, en los que se ha establecido que el programa en que se desempeñaba el demandante se ha mantenido ininterrumpidamente vigente por catorce años, de modo que quien ha sido empleador debe asumir sus responsabilidades como tal”.

Por último, la resolución dictada por este tribunal en la causa Rol N°45.879-2017, estableció que se acreditó que en el devenir de dicho vínculo se proporcionó una contraprestación mensual de dinero ascendente a $928.000, contra entrega de una boleta de honorarios y un informe mensual, con obligación de asistencia y supervigilancia de la jefatura.

«Que, como se observa, la situación planteada no es susceptible de ser homologada con los fallos de cotejo antes referidos, toda vez que las sentencias se fundamentan en circunstancias fácticas distintas, especialmente en lo que se refiere a los índices de laboralidad, lo que impide pronunciarse sobre la unificación que pretende la recurrente», sostiene el fallo.

La resolución agrega que, en estas condiciones, sólo cabe declarar la inadmisibilidad del recurso deducido, teniendo particularmente en cuenta para así resolverlo, el carácter especialísimo y excepcional que le ha sido conferido por los artículos 483 y 483-A del estatuto laboral.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº5345-2021, Corte de Valparaíso Rol Nº507-2020 y de primera instancia RIT O-72-2020

 

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