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Corte Suprema.
En fallo unánime.

CS revoca y rechaza recurso de protección contra CONADI por aplicar medida disciplinaria de censura en contra de un funcionario.

Se verificó que el actor causó un agravio a los bienes fiscales incumpliendo sus deberes laborales, por lo que es responsable administrativamente y fue sancionado en conformidad a derecho.

27 de marzo de 2021

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia que acogió un recurso de protección deducido en contra de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) que dejó sin efecto la medida disciplinaria de censura de un funcionario.

El conflicto surge luego que la Contraloría Regional de los Ríos a propósito de una auditoría realizada en 2018 a la Dirección Regional de Valdivia de la CONADI dispusiera instruir un sumario administrativo, en donde el actor fue sancionado con la medida disciplinaria de censura. El funcionario interpuso una reposición en contra de la resolución, la cual fue rechazada por el Director de CONADI quedando firme la aplicación de la medida disciplinaria.

El recurrente accionó de protección al estimar que la sanción le fue aplicada de forma ilegal y arbitraria, ya que el Fiscal Instructor a cargo del sumario declaró su sobreseimiento del proceso disciplinario y el Director Nacional de CONADI abrió nuevamente la investigación sumaria formulando nuevos cargos en su contra, lo que contraviene el artículo 143 del Estatuto Administrativo y vulnera su derecho al debido proceso.

La Corte de Valdivia acogió el recurso y dejó sin efecto la sanción impugnada, al estimar que la CONADI dictó la medida disciplinaria de censura del actor excediendo sus facultades frente a la Contraloría Regional de Los Ríos, ya que reabrió una investigación sumaria en donde se había sobreseído al recurrente, vulnerando el deber de imparcialidad que la legislación impone a la Administración en contravención de los artículos 137 del Estatuto Administrativo y 11 de la Ley N°19.880.

El máximo Tribunal revocó la sentencia en alzada, para lo cual tuvo presente que en los antecedentes de la causa consta que CONADI ordenó la reapertura de la investigación sumaria al Fiscal Instructor del sumario al verificar que no había realizado una investigación íntegra de los hechos denunciados, en donde se verificó que el actor causó un agravio a los bienes fiscales incumpliendo sus deberes laborales como Encargado de la Unidad de Desarrollo de la CONADI de Valdivia, por lo que es responsable administrativamente por sus infracciones y fue sancionado en conformidad a derecho.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°150.201-2020 y de la Corte de Apelaciones de Valdivia Rol N°3.175-2020.

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