En votación dividida.
CS desestima recurso de amparo presentado por imputado que faltó a audiencia de juicio simplificado sin ser informado que podía acudir por medios telemáticos.
La orden de detención se decretó en conformidad al artículo 127 del Código Procesal Penal.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia que rechazó un recurso de amparo deducido en contra del Juzgado de Garantía de Osorno, por ordenar la detención de un imputado que no asistió a una audiencia de juicio simplificado.
El conflicto surge en febrero de 2020, luego que el tribunal citara al amparado a declarar en una audiencia de juicio oral simplificado, pero actor no compareció ya que no se le indicó como asistir a la audiencia durante la cuarentena y el tribunal despachó orden de detención en su contra.
La defensa recurrió de amparo, acusando que el actuar del recurrido es ilegal y arbitrario, ya que despachó la orden de detención sin considerar que se citó a comparecer al amparado en un contexto de emergencia sanitaria, sin ofrecerle vías alternativas para asistir a comparecer y sin informarle que la audiencia se celebraría a través de video conferencia, lo que vulnera su derecho de igualdad ante la ley y su derecho a la libertad personal.
Temas
Te puede interesar

En votación dividida.
CS desestima recurso de amparo contra Juzgado de Garantía de Osorno por ordenar la detención de un imputado que faltó a una audiencia celebrada por video conferencia.

En decisión unánime.
CS declara inadmisible recurso de amparo deducido contra Corte de Santiago, pero invalida de oficio la resolución que declaró el abandono de la vista de la apelación de una medida cautelar contra la amparada.

Con prevención.
CS desestima recurso de nulidad contra sentencia que condenó al acusado mediante video conferencia.

