Diario Constitucional

"No existe un modelo único de familia, y su definición no debe restringirse a la pareja y los hijos".

CS ordena a la PDI reincorporar a detective destituido por solicitar asignación de funcionarios casados.

El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario e ilegal de la policía civil al considerar que el funcionario solo podía obtener el beneficio si se trasladaba junto a su antigua cónyuge, de la cual se separó de mutuo acuerdo en 2011.

Por Redacción·02 de abril de 2021·3 min de lectura
CS revoca decisión y admite a trámite recurso de protección contra la Tesorería General de la República que retuvo la devolución de impuestos por tener el recurrente multas pendientes.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra de la Policía de Investigaciones por un funcionario que fue sancionado y luego pasado a retiro, por haber solicitado – junto a su conviviente- la asignación que se paga a los efectivos que se trasladan de ciudad con sus familias.

La sentencia sostiene que, a juicio de estos sentenciadores, la exigencia de la recurrida, en orden a requerir al funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para poder percibir la asignación por traslado, que su familia sea aquella en la que se encuentra su cónyuge y de asimilar el concepto de familia, exclusivamente, a la existencia de un vínculo matrimonial, descartando otras formas de familia, es ilegal por cuanto restringe la noción de familia, interpretación que no se ajusta a los estándares del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y tampoco a la noción vigente de familia existente en el derecho interno.

La resolución agrega que, en efecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Opinión Consultiva de 2014, sostuvo que no existe un modelo único de familia, y que su definición no debe restringirse a la pareja y los hijos, sino que también debe considerar otros parientes de la familia extensa, con quienes se tengan lazos cercanos, los que pueden existir entre personas que no sean jurídicamente parientes”.

Comentarios (2)

  1. Tomás Blanco Palacios

    Excelente resolución,ya q son algunas de las arbitrariedades q se cometen en la PDI u otras instituciones policiales o uniformadas. En mi caso fui preterido en mi ascenso en su oportunidad estando en igualdad con otro compañero de promoción y yo antecediéndolo por ser más antiguo. Opté voluntariamente por estirarme frente a esta arbitrariedad.

  2. Robinson Estefó

    Que buena la resolución que pone las cosas en su lugar, el departamento jurídico de la institución hace gárgaras cuando le hace daño a un funcionario y lo saca de sus filas cometiendo estas irregularidades. Bien por el funcionario.

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