Control de constitucionalidad.
Proyecto de ley que establece normas sobre composición, etiquetado y comercialización de fertilizantes y bioestimulantes se ajusta a la Constitución, resolvió la Magistratura Constitucional.
Juez de garantía tiene competencia para autorizar inspecciones del Servicio Agrícola y Ganadero en lugares que constituyan morada.

El Tribunal Constitucional ejerció el control de constitucionalidad del proyecto de ley que establece normas sobre composición, etiquetado y comercialización de los fertilizantes y bioestimulantes, correspondiente al Boletín N° 12.233-01, luego de que la Cámara de Origen, en este caso la Cámara Baja, le remitiera una copia del proyecto de ley con el objeto de que se pronuncie sobre la constitucionalidad del artículo 19, Nº3 letra c) del proyecto de ley.
La Ley N° 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, le entrega facultades al Servicio Agrícola Ganadero para ingresar a inmuebles, establecimientos o recintos públicos o privados, cuando en el cumplimiento de sus labores fiscalizadores lo requieran, pudiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública, siempre que se trate de lugares cerrados que no constituyan morada. Por el contrario, si tales lugares constituyen morada, el ingreso requerirá de orden judicial previa, la que deberá ser conferida por el juez con competencia en el territorio jurisdiccional donde se cometió la infracción.
El proyecto de ley, sometido a control obligatorio de constitucionalidad del Tribunal Constitucional, sustituye la expresión “juzgado del crimen” como el tribunal con competencia para otorgar la exigida autorización, por la de “juzgado de garantía” en virtud de la supresión de los primeros como consecuencia de la reforma procesal penal.
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