Por unanimidad.
Tribunal Constitucional declara admisible inaplicabilidad que impugna norma que faculta al Ministerio Público a no perseverar en proceso penal
En la gestión pendiente, el Ministerio Público decidió cerrar la investigación sin formalización.

El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal.
El precepto impugnado establece, en síntesis, que se autoriza al Ministerio Público para adoptar la decisión de no perseverar en una investigación.
La gestión pendiente incide en un proceso penal seguido ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, actualmente radicado en la Corte de Apelaciones, por recurso de apelación, en el que la requirente se querelló por los delitos de hurto y estafa. En dicho proceso, el Ministerio Público decidió cerrar la investigación sin formalización alguna y, en consecuencia, no perseverar.
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