Diario Constitucional

No hubo arbitrariedad.

CS revoca sentencia y declara ajustada a derecho solicitud de renuncia de funcionaria que detentaba cargo de exclusiva confianza.

Por ello, rechazó recibir la licencia médica que presentó.

Por Redacción·20 de julio de 2021·3 min de lectura
Recurso de protección de propietario de departamento cuyo suministro de energía eléctrica fue suspendido, se admite a trámite por la Corte Suprema.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el recurso de protección deducido por la ex Directora Regional del SENDA (Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol), fundado en el rechazo infundado a recibir su licencia médica.

La actora denunció la vulneración de los derechos a la integridad física y psíquica e igualdad ante la ley, originada por la negativa de la institución recurrida de recibir la licencia médica extendida en su favor.

Expuso que fue nombrada Directora Regional de SENDA, cargo que corresponde al segundo nivel jerárquico de aquellos designados por el Sistema de Alta Dirección Pública, detentando la calidad de exclusiva confianza, razón por la cual el Director del Servicio le solicitó la renuncia, la que no presentó, cursando una licencia médica por 30 días, documento que fue debidamente recibido por la recurrida. Sin embargo, igualmente se dictó la resolución que declaró la vacancia del cargo que servía por no haber presentado la renuncia que le fue exigida, por lo que cuando concurrió a presentar su segunda licencia médica, no fue recibida ni física ni digitalmente.

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