Acto ilegal y arbitrario.
CS revoca sentencia y ordena a Comisión Médica Central reevaluar condición de salud y grado de invalidez del actor.
El acto impugnado careció de la debida fundamentación.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de protección deducido por un particular en contra de la Comisión Médica Central
El actor denunció la vulneración de las garantías de igualdad ante la ley, debido proceso y propiedad, en razón de la dictación de la resolución que acogió el reclamo de las Compañías de Seguros adjudicatarias del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, rebajando a un 15% el grado de invalidez parcial transitoria que había fijado en un 51% la Comisión Médica Regional de La Araucanía.
La Corte de Santiago rechazó la acción constitucional, sosteniendo que la actuación impugnada no podía ser catalogada de ilegal ni arbitraria, ya que se adoptó analizándose todos los datos médicos y previsionales relativos a la pretensión de obtener una pensión de invalidez, constatándose el estricto cumplimiento de la ley y de la normativa reglamentaria aplicable a la materia.
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Comentarios (1)
José toro Estoy en una situación presida el equipo de IST de Viña del Mar me dicen q mi mano fracturada y astrosica con carecreristica disi es imposible trabajar y ellos me dicen q si, es insólito
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