Diario Constitucional

Código Penal.

TC resolverá si declara admisible inaplicabilidad que impugna normas en causa donde Capitán de Carabineros fue condenado por disparar a joven durante el estallido social.

El tipo penal es abierto y no cumpliría el estándar constitucional que el principio de legalidad exige.

Por Redacción·11 de agosto de 2021·2 min de lectura
Normas que prohíben a empresas condenadas por vulneración de derechos fundamentales o prácticas antisindicales de contratar con el Estado, serán examinadas en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Primera Sala del Tribunal Constitucional admitió a trámite, para pronunciarse sobre su admisibilidad, un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 150 D del Código Penal.

El precepto impugnado establece que: “El empleado público que, abusando de su cargo o sus funciones, aplicare, ordenare o consintiere en que se apliquen apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, que no alcancen a constituir tortura, será castigado con las penas de presidio menor en sus grados medio a máximo y la accesoria correspondiente…”.

La gestión pendiente incide en un proceso penal seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, actualmente radicado en la Corte de Apelaciones de La Serena, por recurso de nulidad, donde se condenó al requirente, un capitán de Carabineros, a cuatro años de presidio menor en su grado máximo por su responsabilidad como autor del delito de apremios ilegítimos en concurso ideal con un delito de lesiones graves, luego de establecerse habría disparado a un joven en el contexto del estallido social.

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