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Imagen: Ejército de Chile.
Covid-19.

CGR dictamina que Ejército debe reembolsar gastos de atención médica y de traslado incurridos por funcionario debido al aislamiento preventivo dispuesto por su superior.

Le corresponde a los órganos de la Administración del Estado y sus jefes superiores adoptar las medidas extraordinarias de gestión a fin de proteger la vida y salud de sus servidores frente la emergencia sanitaria.

12 de agosto de 2021

Un funcionario del Ejército solicitó a la Contraloría General de la República pronunciamiento sobre si ha debido costear íntegramente los gastos incurridos por el traslado en ambulancia a una residencia sanitaria y la atención médica recibida en el Hospital Militar, en circunstancias que el Comando de Bienestar dispuso su aislamiento preventivo por el contacto estrecho con otro funcionario contagiado de Covid-19, y la realización del examen PCR correspondiente, cuyo resultado fue negativo.

En su dictamen, el ente de control tiene presente el D.S. Nº104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declaró el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional con motivo de la pandemia ocasionada por Covid-19, siendo prorrogado por diversos decretos del mismo origen.

Enseguida, se refiere al decreto Nº4, de 2020, del Ministerio de Salud, que declaró la alerta sanitaria y otorgó a la autoridad de esa materia facultades extraordinarias para adoptar una serie de medidas. Así el Ministerio de Salud estableció el aislamiento de personas en razón de experimentar un contacto estrecho con una persona contagiada de Covid-19, disponiéndose la exigencia de cuarentena, aún cuando cuenten con un resultado negativo en un test de PCR.

En ese contexto, cita los dictámenes Nº3.610 y Nº9.762, de 2020, que han determinado que “la pandemia constituye una situación de caso fortuito, correspondiéndole a los órganos de la Administración del Estado y sus jefes superiores adoptar las medidas extraordinarias de gestión a fin de proteger la vida y salud de sus servidores, evitando su exposición innecesaria a un eventual contagio; de resguardar la continuidad del servicio y de la función pública, y de procurar el bienestar general de la población, observando la normativa dispuesta para tal efecto, complementada por las directrices que la autoridad sanitaria ha impartido en estas circunstancias”.

De este modo, prosigue el dictamen, consta que “el representante del Comando de Bienestar del Ejército certificó que el interesado fue considerado contacto estrecho para la enfermedad por coronavirus, motivo por el cual, mediante resolución de ese Comando, se dispuso el aislamiento preventivo de éste, periodo en el que se produjo su traslado en ambulancia institucional a una residencia sanitaria y se le otorgó atención médica por parte del Hospital Militar”.

Concluye que “los aludidos gastos de atención médica y traslado en ambulancia en que incurrió el funcionario tuvieron su origen en una medida de prevención dispuesta por su superioridad en armonía con las prevenciones sanitarias vigentes mencionadas, por lo que procede que aquellos le sean reembolsados por el Ejército de Chile”.

 

Vea texto del dictamen.

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