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Adopción de medidas extraordinarias de gestión en la Administración del Estado no autoriza a enterar remuneraciones o asignaciones que se aparten del texto legal que las regula.

No procede pagar remuneraciones por labores suspendidas con recursos del FLIR, asociadas a obras que no presentan un avance efectivo.

30 de agosto de 2021

La entonces Intendenta y Ejecutiva del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena (GORE) y el Secretario General (s) de la Corporación Municipal de Punta Arenas, solicitaron un pronunciamiento a la Contraloría General de la República, relativo a la procedencia de otorgar un nuevo financiamiento a la Municipalidad para solventar las remuneraciones asociadas a 4 proyectos ejecutados con cargo al Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL), no obstante que las obras se encuentran suspendidas con motivo de la cuarentena decretada con ocasión del COVID-19.

Requerida información, la entidad edilicia expuso que los proyectos de iniciativa local nacen con la finalidad de invertir en mano de obra cesante y que, atendido que las obras debieron paralizarse por las restricciones de movilidad que impuso la autoridad sanitaria con ocasión de la pandemia, solicitó al GORE una modificación presupuestaria que permita el traspaso del saldo no ejecutado en “ítem materiales” al ítem de “mano de obra”, con el fin de pagar honorarios durante ese período.

Por su parte, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo manifestó que los fondos se distribuyeron para financiar partidas de mano de obra, materiales y gastos indirectos, sin que proceda variar el compromiso detallado para solventar honorarios sin contraprestación ni avance de las obras; y la Dirección de Presupuestos sostuvo que el objetivo del FRIL es financiar una infraestructura pública en un plazo establecido, de modo que, al paralizarse la construcción del proyecto, se suspenden los efectos del contrato y, por ende, el pago de la mano de obra.

Al respecto, la autoridad señala que el FRIL está integrado por aportes estatales cuya finalidad es solventar iniciativas en diferentes ámbitos del desarrollo de la respectiva región. En ese marco, los municipios pueden presentar y ejecutar proyectos que busquen el fomento de la infraestructura comunal, en especial, aquellos que privilegien la generación de empleo, vialidad urbana y rural, habilitación de servicios públicos y equipamiento comunitario, a fin de mejorar la calidad de vida de la población que habita en una determinada comuna del país.

En la especie, advierte que el GORE aprobó el instructivo y distribuyó el FRIL del año 2020 para las comunas de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, autorizando el financiamiento de obras cuya ejecución genere impacto a la comunidad, tales como la conservación de infraestructura en el sector educacional. Asimismo, estableció que la transferencia de recursos se efectuaría conforme al programa de caja y al avance efectivo en la ejecución de las obras, actividades y utilización de los recursos, y autorizó la solicitud de una modificación presupuestaria por cada ítem, sin aumentar el monto total recomendado, en la medida que ello cumpliera con los objetivos del convenio.

En tal contexto, hace presente que se aprobaron los convenios de transferencia de recursos con el municipio de Punta Arenas, para la ejecución de obras de conservación en 4 escuelas locales, con una duración de hasta 4 meses a partir de la fecha de suscripción; razón por la cual el municipio celebró contratos de prestación de servicios por plazos definidos con quienes se obligaron a desempeñar las funciones encomendadas en cada proyecto.

Asimismo, refiere que la comuna de Punta Arenas se mantuvo en cuarentena desde el 21 de agosto hasta el 17 de diciembre de ese mismo año, por aplicación del Plan Paso a Paso implementado como medida sanitaria de prevención, a consecuencia del brote del virus COVID-19, provocando que, al momento de efectuarse la consulta, los proyectos se encontraren en promedio con un 40% de avance.

Seguidamente, en cuanto a la procedencia de otorgar nuevos recursos para financiar honorarios del personal durante el tiempo en que las obras se han encontrado suspendidas, expresa que las contrataciones de personas naturales para el desarrollo de labores vinculadas a proyectos financiados con recursos del FRIL, que se lleven a cabo en el contexto de los programas de empleo, no constituyen provisión de recurso humano municipal.

De otra parte, indica que, en materia de administración de haberes públicos, el Estado y sus organismos deben observar el principio de legalidad del gasto, conforme al cual los egresos que se autoricen con cargo a esos fondos, sólo pueden emplearse para los objetivos y situaciones expresamente contemplados en la regulación aplicable, la que debe ser interpretada en forma estricta.

Por lo expuesto, concluye que, si bien los proyectos en comento administrados por la Municipalidad de Punta Arenas se ajustan a las finalidades del FRIL, la normativa aplicable no permite el pago con cargo a esos recursos de remuneraciones por labores suspendidas, asociadas a obras que no presentan un avance efectivo, por lo que no corresponde que se incrementen los recursos del FRIL otorgados a la Municipalidad de Punta Arenas para solventar el aludido gasto.

A mayor abundamiento, precisa que la circunstancia que la jurisprudencia administrativa frente a la pandemia haya puntualizado que la crisis sanitaria que afecta al país por brote del COVID-19 constituye una situación de caso fortuito, al tenor del artículo 45 del Código Civil, que habilita la adopción de medidas extraordinarias de gestión interna a la Administración del Estado, no autoriza a enterar remuneraciones o asignaciones que se aparten del texto legal que las regula, como acontece en la especie.

 

Vea texto del Dictamen N°E131679.

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