Diario Constitucional

Artículo 16 de la Ley 19.496.

CS rechaza casación y confirma sentencia que acogió demanda por infracción a Ley del Consumidor contra empresa de descuentos por internet.

El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencias del grado que acogieron la demanda contra la empresa Needish Limitada o Groupon.

Por Redacción·13 de septiembre de 2021·4 min de lectura
Imagen: distribucionactualidad.com
Referencial

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en contra de la sentencia que acogió una demanda de infracción a la Ley del Consumidor de una empresa de descuentos por internet.

La sentencia sostiene que, es importante prevenir que esta Corte ya ha señalado reiteradamente que, al no constituir instancia, la revisión de los hechos asentados en el juicio, o el establecimiento de unos otros diversos de los fijados, y que determinan la aplicación de las normas sustantivas dirigidas a dirimir lo debatido, no es posible, salvo que se denuncie que al resolver la controversia los jueces del fondo se han apartado del onus probandi legal, han admitido medios de prueba excluidos por la ley o han desconocido los que ella autoriza, o que se ha alterado el valor probatorio fijado por la ley a las probanzas aportadas al proceso. Insertos en este contexto, resulta claro que para alcanzar la convicción de haberse vulnerado las pautas de valoración de las pruebas aplicables en esta clase de juicios no basta con advertir que el establecimiento de los hechos pudo ser distinto del que aparece en el fallo recurrido, puesto que esta posibilidad es permitida por las reglas de la sana crítica al no establecer un valor probatorio específico para cada medio de convicción; al contrario, lo que se requiere para dar por configurada una transgresión de esta clase es apreciar una contravención a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia o los conocimientos científicamente afianzados.

Siguiendo esta línea, es posible advertir que la decisión recurrida evalúa cada uno de los medios de convicción aportados, alcanzando certezas fácticas razonables y que no se alejan de los parámetros entregados por las reglas de la sana crítica, las que no han sido desbordadas. En efecto, las argumentaciones de la recurrente apuntan más bien a objetar la forma en que los jueces apreciaron el documento individualizado como «Estudio Compensatorio» y el alcance que asignaron a su contenido para determinar el mérito o fuerza de convicción que sirvió de base a su decisión, tarea que se relaciona con un proceso de valoración privativa de los jueces del fondo, así como del documento electrónico consistente en el archivo planilla Excel denominado Base de Reclamos 2010-2017, éste último al ser percibido por el Tribunal de alzada, en la audiencia respectiva, consideró que no revestía la entidad necesaria para modificar lo que viene resuelto, corroborando en definitiva lo decidido por el sentenciador de primer grado.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.