“Funa”.
Ex docente deberá eliminar publicación en la que acusó a Directora de Escuela de maltratar a sus alumnos.
El ejercicio de la libertad de expresión encuentra como límite a su extensión los derechos fundamentales de terceros, en especial, cuando aquellos dicen relación con la integridad psíquica de la persona o la protección de su vida privada.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que acogió el recurso de protección deducido por la Directora de la Escuela de Enfermería de la Universidad de Magallanes en contra de una ex docente.
La actora denunció la vulneración de los derechos a la integridad psíquica, honra y propiedad, por las publicaciones que la recurrida realizó en su contra, acusándola de maltratar a los alumnos que tiene a su cargo.
Indicó que la recurrida es una ex colega docente en la carrera de enfermería de la Universidad de Magallanes, que realizó una serie de publicaciones ofensivas en su contra, a través de la red social Facebook, incluyendo expresamente su nombre, acusándola de atacar la autoestima de los estudiantes, lo que dio pie que se profirieran opiniones negativas en su contra e incluso insultos, denigrando manifiestamente su imagen profesional.
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