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Imagen: laatercera
Miguel Ángel Aguilera Sanhueza, exalcalde de la comuna de San Ramón
Autor de los delitos de enriquecimiento ilícito, cohecho y lavado de activos.

Juzgado de Garantía de Santiago confirma la prisión preventiva de exalcalde de San Ramón.

El Tribunal consideró que los antecedentes aportados por la defensa no hacen variar las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretar la prisión preventiva de Aguilera Sanhueza, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

24 de septiembre de 2021

El Decimoquinto Juzgado de Garantía de Santiago rechazó hoy  la solicitud de la defensa y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Miguel Ángel Aguilera Sanhueza, exalcalde de la comuna de San Ramón, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de enriquecimiento ilícito, cohecho y lavado de activos.

La sentencia, Rol Nº3.143–2018,  sostiene que al resolver la solicitud de morigerar la cautelar, la magistrada estimó que “el mero paso del tiempo podría tener importancia ante un sistema de plazos absolutos de prisión preventiva, que no es el caso, o en la eventualidad que la cautelar se hubiese decretado por peligro para el éxito de la investigación, que tampoco lo es”, agregando que: “(…) en esta etapa procesal, no corresponde a esta jueza calificar si la declaración del imputado en dependencias de fiscalía, tiene el mérito de ser suficiente para estimar que, eventualmente, podría ser beneficiario de la atenuante de colaboración sustancial”.

Asimismo, la magistrada afirmó que “el tribunal tiene presente la calidad de funcionario municipal que tenía el imputado al momento de la comisión de los ilícitos, específicamente era el alcalde de la comuna de San Ramón y, en consecuencia, no estamos hablando de cualquier funcionario. Además, las circunstancias comisivas de los ilícitos, la forma en que se fueron realizados y también los nuevos antecedentes presentados por los intervinientes el día de hoy, los que en vez de beneficiar al imputado, lo perjudican”.

En este sentido, detalló que “la existencia de una denuncia de un notario de una falsificación en un contrato de promesa de compraventa de un inmueble, que fue ofrecido como prueba para justificar el origen de fondos; la circunstancia de que existan nuevas denuncias, entre ellas del Tricel, son todos antecedentes que, en opinión de esta jueza, configuran elementos calificados para presumir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, resultando la cautelar proporcional para los fines el procedimiento”.

Por tanto, concluyó que “el tribunal no advierte que se hayan hecho valer nuevos antecedentes que permitan estimar que han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretarla, por lo que en mérito de ello el tribunal va a mantener la prisión preventiva del imputado”.

Según el ente persecutor, el imputado Miguel Ángel Aguilera Sanhueza, en su calidad de alcalde de la comuna de San Ramón, entre enero de 2013 y septiembre de 2017, obtuvo un incremento patrimonial relevante e injustificado por la suma de $263.818.500, registrado en dos cuentas corrientes personales, a través de depósitos realizados en efectivo por terceros.

Además, en su calidad de alcalde, Aguilera Sanhueza habría solicitado y/o aceptado beneficios económicos en contratos de servicios municipales, omitiendo actos propios del cargo; tales como: ejercer la facultad de fiscalización y vigilancia interna y velar por la observancia del principio de probidad administrativa al interior del municipio de San Ramón, efectuando contratos sin abrir propuesta pública, imponiendo formalidades excesivas en licitaciones y no evaluando las ofertas de adjudicatarios en estricto apego a la bases, entre otras.

Finalmente, y con el objetivo de ocultar o disimular el origen de los bienes provenientes de los delitos de enriquecimiento ilícito y cohecho, entre diciembre de 2012 y diciembre de 2017, Aguilera Sanhueza habría realizado maniobras de ocultamiento por fraccionamiento, con el objetivo de no generar sospechas y evitar controles asociados a montos mayores de dinero, además de numeroso pagos de servicios relacionados al imputado y familiares, como gastos comunes de propiedades, cenas y viajes, entre otros.

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