En contra de receptor judicial y banco.
CS confirma rechazo de demanda por intento de embargo de bienes en domicilio que no correspondía al deudor.
El máximo Tribunal descartó error en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la de primer grado que rechazó la demanda al no acreditarse los perjuicios demandados.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual, presentada en contra de receptor judicial y banco por el supuesto actuar negligente al trabar embargo de bienes en domicilio que no correspondía al del deudor.
La sentencia sostiene que el fallo de primera instancia, que ha sido íntegramente confirmado por el de segunda, rechaza la demanda, y para ello razona que en la presente causa la parte demandante no ha logrado acreditar los perjuicios que dice haber sufrido, así como tampoco probó, ni en el expediente ejecutivo ni en ningún otro juicio, que los atestados receptoriales emitidos, en el juicio ejecutivo en cuestión, hayan sido falsos.
La resolución agrega que abordando el examen del recurso en revisión aparece que las alegaciones de la impugnante persiguen desvirtuar –mediante el establecimiento de otros nuevos– los supuestos fácticos fundamentales asentados por los sentenciadores. Concretamente en este caso, pretende que se establezca que el receptor judicial demandado, así como también el Banco Scotiabank, cometieron un hecho ilícito –consistente en haber notificado y embargado bienes en su domicilio, en circunstancia que su parte no tenía la calidad de ejecutada ni tenía relación alguna con el ejecutado generándole con ello perjuicios de tipo moral.
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