Diario Constitucional

Confidencialidad.

Agregar a alguien en un grupo de WhatsApp sin su permiso puede acarrear multas.

En primer lugar, se infringió el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), donde queda establecida la definición de consentimiento como «toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que este acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen”.

Por Redacción·07 de octubre de 2021·2 min de lectura
Imagen: Confilegal
Referencial

En una publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo «Meter a alguien en un grupo de WhatsApp sin su permiso puede acarrear multas».

Además de resultar molesto, incluir a personas a grupos de WhatsApp sin permiso puede acarrear sanciones económicas.

Así se desprende de una reciente resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en la que ha sancionado a un club deportivo con una multa de 4.000 euros por agregar a una conversación grupal el número de teléfono de una antigua usuaria sin requerirle su consentimiento previo.

Comentarios (2)

  1. Jorge O.

    Interesante articulo, solo faltaría agregar a la descripción que se trata de un hecho ocurrido en España, por lo que la aplicación de multas no tiene efecto en Chile.

  2. alex

    no se como esta la norma en Chile Sería interesante conocer el avance

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