Diario Constitucional

Infracción detectada en una inspección en terreno.

Corte de Valdivia confirma fallo que ordena a inmobiliaria reforestar con árboles nativos sector costero.

El Tribunal de alzada confirmó la resolución apelada, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Valdivia, que acogió la denuncia formulada por la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

Por Redacción·30 de diciembre de 2021·2 min de lectura
Corte de Valdivia confirma fallo que ordena a inmobiliaria reforestar con árboles nativos sector costero.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó el fallo que condenó a la empresa Inversiones e Inmobiliaria Pilolcura Limitada y le ordenó reforestar con 1.380 plantas nativas del tipo forestal siempreverde, la superficie de bosque nativo que taló para la habilitación de un camino en sector costero, infracción detectada en febrero pasado, en una inspección en terreno.

La sentencia sostiene que del mérito de la norma transcrita sólo puede concluirse que la denuncia que debe presentar CONAF no tiene más requisitos que el propio de cualquier escrito que comunica un hecho o infracción, a saber, señalar los antecedentes del caso y que ésta sea inteligible. Lo que si debe hacer y –se hizo– es adjuntar las actas de fiscalización. En dichas actas se contienen los elementos necesarios y el método para determinar la superficie afectada, así como el valor de las especies arbóreas cortadas.

La resolución agrega que a mayor abundamiento en los autos declaró uno de los fiscalizadores de CONAF, ministro de fe, quien dio los antecedentes necesarios para determinar la superficie afectada, así como el valor de las especies cortadas y ratificó el acta inspectiva. Así la prueba rendida por la denunciada, la declaración de un testigo, no tiene el mérito de desvirtuar los hechos denunciados.

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