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Imagen: Diariojuridico.com
Mensaje.

Proyecto de ley busca incentivar la participación laboral femenina a través de la creación de un fondo solidario de sala cuna.

Además, modifica el artículo 203 del Código del Trabajo, extendiendo el derecho a sala cuna a toda madre trabajadora, sin importar el número de mujeres que trabajen en la empresa.

8 de enero de 2022

El proyecto de ley, ingresado por el Presidente de la República al Senado, busca modificar el Código del Trabajo, para equiparar el derecho de sala cuna para las trabajadoras y trabajadores y los independientes que indica, además de crear un fondo solidario de sala cuna.

A modo de contexto, el mensaje señala que, el Gobierno ha asumido el compromiso de avanzar hacia una sociedad en que hombres y mujeres tengan los mismos derechos y oportunidades, por lo que considera necesario generar políticas públicas que contribuyan a disminuir las brechas de género existentes.

Agrega que, si bien se había avanzado de manera considerable en esta materia, a raíz de la actual crisis sanitaria provocada por la pandemia COVID-19 se ha retrocedido, lo que se reflejó en una baja en la tasa de participación laboral femenina, esgrimiendo como principal razón las responsabilidades familiares que recaen sobre las mujeres.

Señala que, una de las principales barreras que existe en nuestra legislación, que impide la mayor participación femenina en el mercado laboral, es la disposición del artículo 203 del Código del Trabajo, que regula el derecho a sala cuna para mujeres, pues dicha norma restringe este derecho sólo a aquellas que se empleen en empresas que ocupen veinte o más trabajadoras.

Indica que, lo dispuesto en el artículo 203 puede desincentivar la contratación de más de veinte mujeres, para evitar los costos asociados al derecho de sala cuna, por lo que se propone la creación de un Fondo Solidario de Sala Cuna, cuyo objeto será generar una compensación económica a los costos asociados a este derecho.

Menciona que, uno de los objetivos del proyecto es fomentar la participación laboral femenina, suprimir la discriminación por el número de trabajadores de la empresa y disminuir las brechas salariales entre hombres y mujeres.

Explica que, dichos objetivos se lograrán a través de la modificación del artículo 203 del Código del Trabajo, estableciendo el derecho a toda madre trabajadora, sin importar cuántas mujeres trabajan en la empresa.

Añade que, se contempla la creación del Fondo de Sala Cuna, estableciendo el objeto de éste, sus beneficiarios, la forma de financiamiento y administración, la forma de fiscalización y sanciones. Por otra parte, establece el derecho a los empleadores obligados a proveer de sala cuna de recibir un aporte, con cargo a este fondo.

Refiere que, una innovación del proyecto es que amplía la cobertura del beneficio, incorporándose dos grupos de trabajadoras beneficiarias, las trabajadoras de casa particular y las trabajadoras independientes, que cumplan con el requisito de las cotizaciones mínimas que señala el proyecto.

Puntualiza que, los funcionarios del sector público no estarán sujetos a cotizar de conformidad a lo establecido en el proyecto, por lo tanto, no tendrán derecho al aporte de sala cuna que el proyecto regula.

El proyecto pasó a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y a la Comisión de Hacienda del Senado.

 

Vea texto del mensaje, análisis y discusión del proyecto Boletín N°14.782-13.

 

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