Diario Constitucional

Delito de usurpación de derechos de propiedad industrial.

Corte Suprema de Colombia resuelve que ofrecer servicios idénticos a los de una marca registrada constituye una usurpación al derecho de propiedad.

Promocionar y vender los mismos servicios que ofrece la marca registrada, con el evidente propósito de generar una falsa idea en los consumidores de que se trata del mismo producto o servicio tipifica la conducta penal reprochada.

Por Redacción·21 de enero de 2022·3 min de lectura
Fuente: Musixmatch.
Referencial

La Corte Suprema de Colombia resolvió que la promoción y venta de un servicio idéntico al de una marca ya registrada, con la evidente intención de engañar al consumidor haciéndolo creer que es el servicio original, configura el delito de usurpación de derechos de propiedad.

El recurrente fue acusado de utilizar de forma fraudulenta la expresión “El Chiche” para identificarse a sí mismo y darse a conocer al público como proveedor de servicios musicales, promocionando sus servicios bajo el amparo del reconocimiento que gozaba la marca registrada “Los Chiches Vallenatos”.

La Corte Suprema tuvo presente que el recurrente tenía conocimiento de la existencia de la marca “Los Chiches Vallenatos” y la fama comercial de la que gozaba en el territorio. No obstante, intentó registrar la marca “Amín Martínez el Chiche Vallenato” pero la Superintendencia de Industria y Comercio negó la solicitud amparada en la causal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina, por el gran parecido con la marca “Los Chiches Vallenatos”.

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