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Fuente: Actuall.
Identidad de género.

Tribunal de Argentina autoriza cambio de género registral de niño de 13 años pese a desaprobación de la madre.

La opinión del joven debe valorarse de conformidad al principio de autonomía progresiva, toda vez que ejerce por sí mismo sus derechos a medida que desarrolla un mayor nivel de autonomía personal.

17 de febrero de 2022

Un Tribunal de Familia de Argentina, autorizó a un adolescente de trece años a cambiar registralmente el género en su acta de nacimiento pese a contar solo con el consentimiento de su padre, ya que la madre no estaba de acuerdo con la modificación.

El Tribunal tuvo presente que la ley de identidad de género permite que las personas menores de edad soliciten el cambio de género registral si cuentan con la autorización de sus progenitores o representante legal. En el caso sub lite, el adolescente solo contaba con la autorización de su padre.

En ese sentido, el fallo precisa que cuando alguno de los representantes legales de la persona menor de edad se niega al procedimiento o es imposible obtener su consentimiento, se podrá recurrir a la vía sumarísima para que los jueces de familia resuelvan teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la ley de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

El Tribunal sostuvo que el eje central de la identidad de género gira en torno a la vivencia personal del género tal como cada persona lo siente y vive internamente y que el derecho a la identidad de género de niñas, niños y adolescentes impone a los jueces el deber de tener en cuenta su interés superior por sobre otros intereses.

Respecto a la opinión del adolescente, el fallo señaló que no basta con escuchar el relato del niño, ya que las opiniones tienen que tomarse en consideración seriamente, en especial si el joven tiene la capacidad de formarse un juicio propio, lo que debe valorarse de conformidad al principio de autonomía progresiva, toda vez que ejerce por sí mismo sus derechos de manera progresiva a medida que desarrolla un mayor nivel de autonomía personal.

En definitiva, el Tribunal autorizó el cambio de género en el acta de nacimiento del adolescente, tras estimar que su decisión es categórica y determinante, la cual está amparada por profesionales de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.

 

Vea texto de la sentencia.

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