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Corte de Santiago
En fallo unánime.

Corte de Santiago confirmó sentencia que acogió demanda de herencia intestada presentada en contra del Fisco por sobrinas de la causante.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia de primera instancia que acogió la acción.

27 de abril de 2022

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda de herencia intestada presentada en contra del Fisco, tras establecer que las demandantes son sobrinas y herederas de mejor derecho de sucesión que el Fisco de Chile.

El fallo señala que atendido el mérito de los antecedentes, se aprueba la sentencia consultada dictada por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago.

La sentencia ratificada estableció que, como se trata de la acción del verdadero contra el falso heredero y la controversia tiene como objeto el derecho de herencia, se concluye definitivamente que las demandantes, en tanto hijas de Silvia Emilse Cartes Jiménez, fallecida el 19 de diciembre de 2001, hermana de la causante, son sobrinas y herederas de mejor derecho que el Fisco de Chile en la sucesión de esta persona, de conformidad a lo previsto en los artículos 983 y 992 del Código Civil.

Advierte que, no obstante, conviene tener presente, conforme a las disposiciones de la Ley N° 19.585, publicada en el Diario Oficial el 26 de octubre de 1998, que los derechos hereditarios quedados al fallecimiento de Lucía del Carmen Cartes Aburto deben regirse por la ley vigente al tiempo de la apertura de la sucesión, es decir, al 7 de julio de 2015, con lo que no es aplicable el derogado artículo 989 del Código Civil, ni las distinciones que antiguamente se hacía, según la categoría jurídica de los hijos.

El fallo de primera instancia señala que, se acogerá la demanda y se deberá dejar consignado que las herederas son sus sobrinas, debiendo la parte demandada restituir a estas personas todas las cosas hereditarias, entre las cuales cabe mencionar –de acuerdo al inventario de bienes– los inmuebles inscritos del Registro de Propiedad del año 1975 del Registro de Propiedad del año 1987, además de los dineros en las cuentas bancarias (Banco del Estado, Banco Chile, Banco Santander y Banco del Desarrollo – Scotiabank), conforme a lo pedido, más su actualización.

 

Vea sentencia Corte de Santiago Rol Nº3.484-2022 y primera instancia Rol C-7351-2021.

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