Diario Constitucional

Resolución de primera instancia revocada.

Corte de Valdivia ordena a supermercado indemnizar a clienta que sufrió caída en escaleras de local de Osorno.

El Tribunal de alzada acogió el recurso de apelación tras establecer la responsabilidad de la querellada en el accidente.

Por Redacción·06 de mayo de 2022·3 min de lectura
Imagen: paislobo.cl
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La Corte de Apelaciones de Valdivia revocó la resolución de primera instancia que rechazó la querella infraccional y demanda de indemnización de perjuicios, presentados en contra de la empresa Rendic Hermanos SA, por su responsabilidad en el accidente que sufrió clienta en escalera del supermercado Unimarc de Osorno, la que no cumplía con las normas de seguridad ni se encontraban debidamente señalizada ni iluminada.

El fallo señala que, el accidente en cuestión se origina por la propia conducta de la querellada, consistente en un enrejamiento total del lugar que impidió una luminosidad adecuada, unido a las características del lugar del accidente y el hecho de no acreditar la adopción de las medidas de seguridad pertinentes para evitar tal hecho, como podría haber sido la instalación de señaléticas o indicadores de peligrosidad u otros, lo que determina la vulneración del artículo 3 letra d) de la Ley 19.496, ya que es el proveedor quien debe otorgar la seguridad en el consumo de bienes y servicios, la protección de la salud y el medio ambiente y el deber de evitar los riesgos que puedan afectarles.

La resolución agrega que la alegación de caso fortuito o que el accidente se produjo debido a la edad avanzada de la víctima, no resiste análisis al tratarse de un sitio como un supermercado en el cual existe una alta afluencia de público, y es este quien tiene la obligación de prever la posibilidad de ocurrencia de accidentes por personas de distintas edades y capacidades, por lo que, como ente empresarial, sus acciones preventivas de accidentes deben estar destinadas no solo a las personas de un rango etario joven-adulto, sino que al público en general, debiendo ser proactivo en adoptar medidas de seguridad, tendientes a que evitar accidentes como el ocurrido, por lo que al haber cometido una infracción a la norma citada, será condenada al pago de una multa como se dirá en lo resolutivo.

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