Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Corte de Arica confirma 15 años de presidio por estupro reiterado y violación.

El Tribunal de alzada desestimó los vicios alegados por la defensa en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Arica, el 25 de febrero pasado.

Por Redacción·06 de mayo de 2022·4 min de lectura
Corte de Arica confirma 15 años de presidio por estupro reiterado y violación.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que condenó a Pedro Luis González Maldonado a la pena única de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de estupro reiterado y violación. Ilícitos perpetrados entre marzo y agosto de 2018, en la ciudad.

El fallo señala que, del análisis de la sentencia en comento, no se vislumbra que se haya incurrido en este causal de nulidad, que la recurrente encasilla como la segunda causal subsidiaria, toda vez que si se analiza el considerando duodécimo, en su primer acápite, de manera suficiente y convincente, aborda la temática que ahora cuestiona la impugnante de la sentencia, desmenuzando los sentenciadores, lo que en su concepto es el ‘grave desamparo’, que es elemento del delito específico de estupro, haciendo alusión asimismo, a circunstancias de incomunicación y dependencia, lo cual incluso la limitaba a poder concurrir a un nosocomio, para constatar sus lesiones características de los hechos punibles, a lo que añade el temor y miedo que envolvía la relación, lo que obviamente fue empleado por el individuo para cometer los ilícitos, no advirtiéndose que, en dicho razonamientos, los sentenciadores hayan infringido la ley sustantiva que se invoca.

La resolución agrega que, en forma extensa, analizan el grave desamparo que afecta a la víctima analizando los antecedentes incorporados a la audiencia, los cuales, como se ha referido en forma prolífica, son analizados en el considerando decimotercero del fallo, para lo cual se tuvo especialmente presente, los de naturaleza pericial, todos los cuales los jueces analizaron conforme a las reglas de la lógica. Una vez más se puede señalar que la disconformidad sustantiva de la recurrente, en torno a las conclusiones de los jueces que no pueden llevar al extremo de sustentar que ha existido en la especie, una infracción formal o interpretativa de la ley, toda vez que los jueces se han limitado a aplicar el tipo penal que ha considerado el legislador, para los supuestos que se tuvieron por acreditados en el presente proceso, específicamente en relación a los delitos de estupro, todo lo cual lleva el rechazo de esta segunda causal subsidiaria.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.