Recurso de amparo acogido.
Corte de La Serena ordena a la PDI entregar identidad de funcionarios que intervinieron en procedimiento irregular en contra de recurrente y un menor de edad.
El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional, tras establecer que el proceder desplegado por la recurrida se realizó al margen de la normativa legal.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de amparo presentado en contra de la Policía de Investigaciones (PDI), por control de identidad irregular realizado por el personal policial en contra del recurrente y un menor de edad, en la localidad de Quilimarí, comuna de Los Vilos, y por la posterior vigilancia a su domicilio y desplazamientos, practicados en abril pasado.
El fallo señala que el Oficio Nº 54, de fecha 5 de mayo de 2022, emitido por la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Los Vilos, no indica la efectividad de haber realizado diligencias investigativas relacionadas con la presunta hipótesis que habría autorizado a los funcionarios policiales a efectuar un control de identidad al amparado, existiendo, por tanto, una privación injustificada a su libertad personal, sin que tampoco conste la forma en que finalmente fue corroborada la identidad del actor.
La resolución agrega que las facultades otorgadas a la policía por el artículo 85 del Código Procesal Penal se instrumentalizaron, y que, además, con su actuar la recurrida excedió sus facultades legales, realizando un control de identidad fuera de las hipótesis taxativas que el legislador establece, con claros fines intimidatorios, teniendo presente además que no solo el recurrente fue trasladado al cuartel policial, ya que un menor de edad que lo acompañaba también fue llevado a dicho lugar.
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