Recurso de unificación de jurisprudencia inadmisible.
Corte Suprema confirma fallo que condenó a municipalidad a pagar una indemnización de $12.000.000 por accidente laboral de trabajador subcontratado.
El máximo Tribunal desestimó el arbitrio al acompañar la parte recurrente sentencia de contrate que abordan y resuelven en el mismo sentido que la resolución cuestionada.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la Municipalidad de Quinchao en contra de la sentencia que acogió demanda de indemnización y que la condenó, como codeudora solidaria, a pagar una indemnización de $12.000.000 por concepto de daño moral, a trabajador subcontratado que sufrió un accidente laboral en junio de 2020.
El fallo señala que la recurrente plantea como materia de derecho que propone unificar, la correcta aplicación del artículo 183 A del Código Laboral, cuando se hace responsable al dueño de la obra o faena en circunstancias que el accidente laboral se produjo fuera del lugar donde se prestan habitualmente los servicios.
La resolución agrega que el recurrente alega que si las obras o labores que corresponde ejecutar al trabajador revisten el carácter de ocasionales, discontinuas o esporádicas, no se deriva para la empresa que encarga el cometido, la responsabilidad solidaria o subsidiaria.
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