Recurso de protección rechazado.
Empresa de estacionamientos debe desalojar el lugar que ocupa ilegalmente al no renovarse la concesión marítima otorgada al municipio de Puerto Montt.
La franja de terreno ubicada en el borde costero de la ciudad fue otorgada en concesión a la Municipalidad, pero expiró.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Puerto Montt, que rechazó el recurso de protección interpuesto por una empresa de estacionamientos en contra de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, la Gobernación Provincial de Llanquihue, y la Capitanía de Puerto de Puerto Montt, por solicitar la restitución y desalojo de un terreno entregado en concesión al recurrente.
En su libelo, el recurrente expone que en mayo del año 2003 celebró con el municipio de Puerto Montt un contrato de concesión, en el cual, se le entregaba la franja de terreno contigua al borde costero que actualmente ocupa, para la construcción, mantención y explotación de estacionamientos subterráneos. La duración del contrato se pactó en 35 años.
Añade que durante el año 2021 se enteró de una resolución exenta de fecha 12 de enero del 2021 en la que la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas dispone el desalojo del lugar, no siendo emplazado legalmente en ningún proceso administrativo como tercero interesado. Refiere que de este modo el actuar de las recurridas vulnera el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, a desarrollar una actividad económica lícita, y el derecho de propiedad, pues desconoce los plazos del contrato de concesión celebrados entre el recurrente y el municipio, por ende, no puede efectuar un desalojo repentino de los terrenos en que ha construido estacionamientos subterráneos; por lo tanto, pide a la Corte que deje sin efecto la resolución recurrida.
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