Diario Constitucional

Dictamen de la Contraloría.

La apertura de un periodo de información pública obligatorio no se encuentra entre los requisitos establecidos por la ley para la creación de un santuario de la naturaleza.

Corresponde a una facultad discrecional del Ministerio del Medio Ambiente ordenar un periodo de información pública.

Por Redacción·18 de julio de 2022·3 min de lectura
La apertura de un periodo de información pública obligatorio no se encuentra entre los requisitos establecidos por la ley para la creación de un santuario de la naturaleza.
Referencial

Se solicitó a la Contraloría General de la República un pronunciamiento sobre la legalidad de la conducta del Ministerio del Medio Ambiente de omitir abrir un nuevo periodo de información publica en el procedimiento de declaración de Santuario de la Naturaleza del Humedal Tunquen, ubicado en la región de Valparaíso.

Además de proponer al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad un polígono distinto al originalmente publicado y presentando a la ciudadanía.

El ente contralor, antes de emitir su pronunciamiento, enuncia y ordena las leyes que regulan la creación de Áreas Protegidas del Estado calidad jurídica a la que pertenecen los Santuarios de la Naturaleza.

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