Diario Constitucional

Corte Suprema revocó sentencia.

Vecinos de planta industrial de porcinos que denunciaron focos de contaminación por su explotación, ganan recurso de protección.

La existencia permanente de moscas, malos olores y mal manejo de fecas, constituye una afectación del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Por Redacción·04 de agosto de 2022·3 min de lectura
Imagen: basicfarm.com
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En fallo dividido, la Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Chillán, y acogió el recurso de protección interpuesto por la Municipalidad de Tucapel, Junta de Vecinos “Los Castaños II” y Comité de Agua Potable Rural de Villa Fátima, por vulneración del derecho a vivir a un medioambiente libre de contaminación.

Los actores indican que la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Bío-Bío, aprobó la instalación de un plantel industrial porcino cercano a los centros poblados, originando olores pestilentes e intensos que generan problemas de salud a los habitantes y les impide salir fuera de sus hogares, además de la invasión de vectores sanitarios (moscas) por la contaminación de las aguas de un estero cercano a las viviendas, donde se descargan los residuos de la planta.

Denuncian que los hechos descritos tienen su origen en la falta de las medidas adecuadas para la implementación y funcionamiento de la planta porcina, y en el incumplimiento de las normas sanitarias y ambientales exigibles, pese a las denuncias que han realizado a la Superintendencia del Medio Ambiente.

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