Corte Suprema revocó sentencia.
Vecinos de planta industrial de porcinos que denunciaron focos de contaminación por su explotación, ganan recurso de protección.
La existencia permanente de moscas, malos olores y mal manejo de fecas, constituye una afectación del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

En fallo dividido, la Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Chillán, y acogió el recurso de protección interpuesto por la Municipalidad de Tucapel, Junta de Vecinos “Los Castaños II” y Comité de Agua Potable Rural de Villa Fátima, por vulneración del derecho a vivir a un medioambiente libre de contaminación.
Los actores indican que la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Bío-Bío, aprobó la instalación de un plantel industrial porcino cercano a los centros poblados, originando olores pestilentes e intensos que generan problemas de salud a los habitantes y les impide salir fuera de sus hogares, además de la invasión de vectores sanitarios (moscas) por la contaminación de las aguas de un estero cercano a las viviendas, donde se descargan los residuos de la planta.
Denuncian que los hechos descritos tienen su origen en la falta de las medidas adecuadas para la implementación y funcionamiento de la planta porcina, y en el incumplimiento de las normas sanitarias y ambientales exigibles, pese a las denuncias que han realizado a la Superintendencia del Medio Ambiente.
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