Recurso de protección acogido.
Traslado de funcionario del ejército a un nuevo destino no es procedente si existen investigaciones administrativas y judiciales pendientes a raíz de una denuncia que formalizó en contra de uno de sus superiores.
El artículo 90 A del Estatuto Administrativo impide el cambio de localidad del funcionario que denuncia a sus superiores jerárquicos, sin previa autorización por escrito del administrado.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Chillán, que acogió un recurso de protección interpuesto por un funcionario del Ejército, en contra de su institución por destinarlo a una nueva zona sin aviso previo, eliminando con ello los beneficios que actualmente percibe.
El recurrente expone que el día 31 de enero de 2022 le fue comunicada por carta la resolución que ordena su cambio de destinación, presentación ante nueva dotación, y cese de beneficios económicos por su actual asignación de zona. Indica que actualmente es parte del Regimiento N°9 de Chillán, y que le fue comunicado el trasladado sin previo aviso al Cuartel de Operaciones Especiales en Colina.
Añade que dicha comunicación epistolar no es la forma idónea de notificarlo, y agrega que existe pendiente una investigación administrativa interna y una investigación ante el ministerio público por diversas irregularidades que denuncio en contra de sus superiores. El acto impugnado le produce además un detrimento económico, porque al ser destinado a la Región Metropolitana pierde los beneficios pecuniarios propios de la asignación zonal. El traslado de dotación, sostiene, es un acto de hostigamiento y represalia, pues el 21 de junio de 2021 denunció de forma anónima en el portal institucional a uno de sus oficiales superiores por maltrato a animales comunitarios del sector donde el personal militar reside, acto que fue ratificado el 12 de septiembre del mismo año ante la plana mayor de su cuartel. De igual forma, acusa que el superior denunciado adulteró sin su consentimiento su hoja de vida institucional, por medio del portal web que poseen los funcionarios para validar y emitir sus calificaciones anuales, causando un gran perjuicio en su contra al suplantar su identidad y aprobar determinados actos narrados en su evaluación de desempeño, hecho que denunció al Ministerio Público por constituir un delito informático.
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