Tras un caso de depresión severa.
Tribunal español resuelve que la presión mediática puede causar un accidente laboral pues en estos casos es posible probar el nexo causal entre el trabajo y el daño.
La teoría de la ocasionalidad relevante, comprende una circunstancia negativa y otra positiva. La primera implica que los elementos generadores del accidente no son específicos o inherentes al trabajo, y la positiva es que o bien el trabajo o bien las actividades normales de la vida del trabajo hayan sido condición sin la que no se hubiese producido el evento.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (España) desestimó un recurso de apelación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y confirmó el fallo de instancia que declaró un accidente laboral por presión mediática.
El caso se suscitó a raíz de una demanda deducida por una pediatra que fue relacionada, por los medios de comunicación, con una trama de abuso de menores, por el mero hecho de publicar informes médicos sobre un caso atinente. Esta situación le generó un gran estrés que derivó en una severa depresión.
En su libelo solicitó que el Instituto declarara su caso como un accidente laboral, pretensión que fue acogida en primera instancia. Ello motivó la interposición de la presente apelación por parte de la entidad.
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