España.
Fallecimiento de trabajador hospitalario a causa del Coronavirus es un accidente laboral, resuelve tribunal español.
El tiempo y el lugar en que ocurrió el contagio y la muerte de la persona, establecen un nexo causal que permite acreditar la presunción de laboralidad necesaria para decretar un accidente de trabajo.

El Juzgado de lo Social Nº3 de Jerez de la Frontera (España), acogió la demanda deducida contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otras entidades, y resolvió que el fallecimiento de un trabajador a causa del COVID-19 es un accidente laboral.
El trabajador, que se desempeñaba como limpiador en dependencias de un hospital, fue diagnosticado de Nasofaringitis aguda a inicios de la pandemia. Sin embargo, posteriormente se determinó que padecía una “infección debida a coronavirus no especificada”, la cual le ocasionó la muerte.
Tras su fallecimiento, un pariente interpuso una demanda contra las entidades pensionales, tras su negativa a otorgarle una pensión de orfandad por accidente laboral.
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