Recurso de protección acogido.
“Funa” en contra de un director de colegio al que se sindica de abusador sexual vulnera el derecho a la honra, resuelve la Corte de Puerto Montt.
Sin perjuicio de la efectividad o no de los hechos, no son las redes sociales el lugar para imputar cargos.

La Corte de Puerto Montt acogió el recurso de protección interpuesto por el ex director de un colegio de la comuna de Hualaihué, región de los Lagos, en contra de 8 ex alumnos y alumnas por haber publicado en Facebook que era abusador sexual.
El actor expone que, en marzo de 2022 la alcaldesa le otorgó un homenaje en su calidad de director, cuya noticia se publicó en la cuenta de Facebook de la Municipalidad, la que recibió 11 comentarios de ex alumnos, quienes lo catalogaron de abusador sexual y encubridor, por lo que se le denostó como persona, puesto que además dichos comentarios fueron publicados en otra cuenta de la red social, en la que también se manifestaba que no era un ejemplo para los niños y que debía ser destituido, lo cual es mentira, puesto que no ha habido causa penal en su contra y nunca ha recibido quejas en el establecimiento desde que asumió el cargo desde el año 2019.
En mérito de ello, estima que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia, a la dignidad, al trabajo y a su libre contratación, a la vida e integridad física y psíquica, a la intimidad, honra e imagen, y solicita que se eliminen las publicaciones y se abstengan en lo sucesivo de hacer publicaciones del mismo tenor en cualquier red social.
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